Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 144

Fecha del Boletín 
19-06-2026

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260619-77

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE NAVACERRADA

URBANISMO

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Navacerrada. Urbanismo. Deslinde

Mediante Acuerdo del Pleno de fecha 27 de mayo de 2026, se aprobó inicialmente el expediente de deslinde de tramo sito en C/ Abel, n.o 6, al objeto de determinar con precisión la delimitación física de la finca municipal inscrita en el Registro de la Propiedad de Moralzarzal como finca n.o 422.

Por lo que se convoca, de conformidad con el artículo 61 del Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, trámite de información pública, a fin de que cualquier persona física o jurídica pueda examinar el expediente, y de que los interesados puedan presentar cuantos documentos estimaren conducentes a la prueba y defensa de sus derechos, hasta los veinte días anteriores al comienzo de las operaciones, que constarán desde la presente publicación. Los trabajos de deslinde se desarrollarán en la C/ Abel, n.o 6, de Navacerrada. Transcurrido este plazo, no se admitirá documentación ni alegación alguna. A su vez, estará a su disposición en la sede electrónica de este Ayuntamiento, si así lo solicitasen.

El presente anuncio servirá de notificación a los interesados, en caso de que no pueda efectuarse la notificación personal del otorgamiento del trámite de audiencia.

De no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, acreditándose mediante certificado de secretaría, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario inicial.

Navacerrada, a 11 de junio de 2026.—El alcalde-presidente, Pablo Luis de Todos los Santos Jorge Herrero.

(01/9.713/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20N: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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