Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 148

Fecha del Boletín 
24-06-2026

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260624-59

Páginas: 3


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

RÉGIMEN ECONÓMICO

59
Getafe. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria unificada de premios a la participación en desfiles populares de Carnavales y Fiestas de Getafe 2026.

BDNS: 913046

De conformidad con lo previsto en los artículos 18 y 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index ) y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe ( www.getafe.es ).

Objeto de la convocatoria:

Se convocan premios mediante régimen de concurrencia competitiva dirigidos a entidades jurídicas sin ánimo de lucro y agrupaciones de personas que hayan participado en los desfiles del Carnaval de Getafe 2026 y del desfile de Carrozas de las Fiestas Locales 2026.

Requisitos de los participantes:

Podrán participar en el concurso las entidades jurídicas sin ánimo de lucro que cumplan con los siguientes requisitos establecidos en el artículo 13 de Ley General de Subvenciones y agrupaciones de personas. Todas las interesadas en participar deben cumplir los siguientes requisitos:

Desfiles de Carnaval:

1. Haberse inscrito en las Bases de participación para los desfiles del Carnaval de Getafe 2026 y del desfile de Carrozas de las Fiestas Locales 2026, aprobadas en sesión ordinaria de Junta de Gobierno de 3 de diciembre de 2025, habiendo hecho efectiva su participación en la modalidad correspondiente y cumplido con todos y cada uno de los requisitos de dichas bases de participación:

1.1. Haber participado con un mínimo de 15 integrantes en el desfile de murgas.

1.2. Haber participado con un mínimo de 15 integrantes en el desfile del entierro de la sardina.

1.3. Haber cumplido con toda la normativa recogida en las bases de participación aprobadas en JGL de 3 de diciembre de 2025 y en particular a lo estipulado en la cláusula tercera de la convocatoria en lo referente al cumplimiento de los acuerdos adoptados en la asamblea de murgas de carnaval.

1.4. Haber atendido en todo momento durante el desarrollo del desfile a las indicaciones organizativas formuladas por el personal municipal.

2. En el caso de personas jurídicas sin ánimo de lucro, deberán estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente según su régimen jurídico. Igualmente, deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.

3. En el caso de agrupaciones de personas físicas, al menos el 50% de sus miembros deberá estar empadronado en Getafe, actuando como representante una persona mayor de edad igualmente empadronada en el municipio.

4. En el momento de valoración de las solicitudes la entidad (o el representante en el caso de agrupaciones de personas físicas) debe hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.

5. No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto deberá aportarse declaración responsable según modelo anexo II.

Desfile de carrozas:

1. Haberse inscrito en las Bases de participación para los desfiles del Carnaval de Getafe 2026 y del desfile de Carrozas de las Fiestas Locales 2026, aprobadas en sesión ordinaria de Junta de Gobierno celebrada el 3 de diciembre de 2025, habiendo cumplido con todos y cada uno de los requisitos de dichas bases de participación:

1.1. Haber cumplido con toda la normativa recogida en las bases de participación.

1.2. Haber atendido a las indicaciones organizativas.

2. Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro correspondiente según su régimen jurídico. Igualmente deberán estar inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones y Entidades Ciudadanas del Ayuntamiento de Getafe, teniendo sus datos actualizados, de conformidad con el Reglamento Orgánico de Participación Ciudadana y Descentralización del Ayuntamiento de Getafe.

3. En el momento de valoración de las solicitudes la entidad debe hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y no tributarias con el Ayuntamiento de Getafe, así como con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y la Seguridad Social.

4. No estar incursas en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a cuyo efecto deberá aportarse declaración responsable según modelo anexo II.

Presupuesto, modalidades de participación y premios:

La presente convocatoria cuenta con una dotación global de noventa y cuatro mil ciento cincuenta euros (94.150 euros), con cargo a la aplicación presupuestaria 338.01.480.00 denominada “Transferencias Corrientes a Familias e Instituciones sin fines de lucro. Festejos Locales”, que se distribuirá de la siguiente forma:

Desfile de Carnaval:

El presupuesto máximo de la presente convocatoria destinado a los Desfiles de Carnaval es de cincuenta y seis mil ochocientos ocho con cincuenta euros (56.808,50 euros), repartido de la siguiente forma:

— Desfile de murgas: 55.908,50 euros.

— Desfile del entierro de la sardina: 900,00 euros.

1. Desfile de murgas:

Se premiará por la participación en el desfile de murgas 2026 a las entidades o agrupaciones inscritas a través de la presente convocatoria atendiendo al número de miembros que las componen que deben ser como mínimo 15.

El importe de cada premio se determinará teniendo en cuenta el número de participantes de cada murga premiada procediendo de la siguiente forma:

a) El importe por integrante de cada murga participante será de 15 euros.

b) Se establece un premio máximo de 3.000 euros por murga.

2. Desfile del entierro de la sardina:

Se premiará por la participación en el entierro de la sardina 2026 a las entidades o agrupaciones inscritas a través de la presente convocatoria atendiendo al número de miembros que las componen que deben ser como mínimo 15.

El importe del premio por entidad participante será de 150 euros.

Desfile de carrozas:

El presupuesto máximo de la presente convocatoria destinado al Desfile de Carrozas es de treinta y siete mil novecientos cincuenta euros (37.950,00 euros). El importe de los premios se establecerá en función de la modalidad de participación, conforme a los objetivos y cuantías que se detallan a continuación:

1. Propuestas artísticas realizadas artesanalmente:

Con el propósito de fomentar y estimular la creación artística y la originalidad en la elaboración de carrozas, se ha dispuesto la asignación de:

— Un premio a la participación, por carroza participante, de dos mil novecientos cincuenta euros (2.950,00 euros) para esta categoría de carrozas.

Se establece un límite máximo de hasta ocho (8) premios a la participación en esta categoría, cumpliendo con los requisitos especificados para la participación en esta modalidad.

— Además, se otorgará un premio a la carroza artesanal más destacada, destinado a premiar la dedicación y el esfuerzo, así como la creatividad involucrada en el proceso de creación de dos mil cincuenta euros (2.050,00 euros) adicionales que se acumulará al premio a la participación.

2. Propuestas artísticas no artesanales:

— Para aquellas carrozas en las que no haya habido intervención artesanal por parte de los miembros de la entidad participante, se ha previsto un premio a la participación de dos mil cincuenta euros (2.050,00 euros) por carroza participante. Este premio busca reconocer la participación en el certamen a pesar de que la carroza no haya sido elaborada mediante técnicas artesanales por los integrantes de la agrupación.

Se establece un límite máximo de hasta seis (6) premios a la participación en esta categoría, cumpliendo con los requisitos especificados para la participación en esta modalidad

Solicitud y plazos:

La Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece la obligación para la personas jurídicas, entre las que se encuentran la asociaciones, de relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas por lo que la solicitud, que figura como Anexo I y el resto de documentación, deberá presentarse por Registro General de Entrada a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Getafe debiendo contar por tanto la persona que presente y firme todos los documentos, con el correspondiente certificado electrónico de representación de persona jurídica. Los anexos podrán obtenerse de la sede electrónica del Ayuntamiento y presentados por Registro de Entrada en las formas recogidas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, siendo el plazo de presentación de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Getafe, a 10 de junio de 2026.—El concejal-delegado de Cultura y Convivencia, Luis José Domínguez Iglesias.

(03/10.090/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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