Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2026

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260630-63

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE FUENLABRADA

RÉGIMEN ECONÓMICO

63
Fuenlabrada. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto Acuerdo de Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Fuenlabrada de fecha 19 de junio de 2026 (punto 26), por la que se modifica el Acuerdo de fecha 29 de mayo de 2026 de ampliación de plazo para la presentación de la convocatoria de concesión de ayudas de vivienda joven para la prevención de la exclusión social en Fuenlabrada 2026.

BDNS (Identif.): 910535

De conformidad con lo previsto en los art. 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/ge/es/convocatorias ).

Corrección del anuncio 63, publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 137, de fecha 11 de junio de 2026, por el que se efectúa la convocatoria de subvenciones para ayudas de vivienda joven para la prevención de la exclusión social en Fuenlabrada 2026.

En el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 137, de fecha 11 de junio del corriente, se procedió a la publicación del anuncio 63 de referente al Extracto de la Convocatoria de Subvenciones para ayudas de vivienda joven para la prevención de la exclusión social en Fuenlabrada 2026.

Con posterioridad, con el objeto de homogenizar las fechas y plazos de presentación para facilitar la tramitación e incrementar el número de solicitudes que puedan beneficiarse de la convocatoria se dispone a modificar el plazo, mediante acuerdo de Junta de Gobierno de fecha 19 de junio de 2026. Dicho acuerdo queda modificado en los siguientes términos:

Artículo 4.1. Plazos de solicitud.

Aprobado:

“Primero.—Todas las solicitudes se podrán registrar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta las 23:59 horas del 18 de septiembre de 2026”.

Modificado:

Primero.—Modificar el artículo 4.1 de las bases y convocatoria de ayudas vivienda joven para la prevención de la exclusión social en la ciudad de Fuenlabrada 2026 con el objeto de ampliar el plazo de presentación de solicitudes hasta las 23:59 horas del 11 de octubre de 2026; quedando su redacción de la siguiente forma: “Todas las solicitudes se podrán registrar desde el día siguiente a la publicación del anuncio de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y hasta las 23:59 horas del 11 de octubre de 2026”.

Lo que se publica para su conocimiento y demás efectos, haciéndole saber que este acto agota la vía administrativa y contra el mismo podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante alguno de los órganos jurisdiccionales que prevén los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de esta notificación.

Sin perjuicio de lo anterior, podrá, con carácter potestativo, interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que ha dictado el acto en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la presente notificación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Asimismo, podrá utilizar cualquier otro recurso previsto en la Ley que a su derecho interese.

La interposición de los recursos mencionados no suspende, por sí sola, la ejecución del acto administrativo.

En Fuenlabrada, a 26 de junio de 2026.—El alcalde presidente, Francisco Javier Ayala Ortega.

(03/10.819/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20F: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260630-63