Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 153

Fecha del Boletín 
30-06-2026

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260630-74

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE MORATA DE TAJUÑA

RÉGIMEN ECONÓMICO

74
Morata de Tajuña. Régimen económico. Modificación presupuestaria

El Pleno del Ayuntamiento de Morata de Tajuña, en sesión ordinaria celebrada el día 25 de junio de 2026, acordó aprobar inicialmente la modificación presupuestaria, mediante la modalidad de Suplemento de Crédito financiado con Remanente de Tesorería para gastos generales.

De conformidad con lo dispuesto en los arts. 169.1 y 177.2 del R. D. L. 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, y los artículos 20.1 y 38.2 del RD 500/1990 de 20 de abril, se expone al público.

Los interesados que estén legitimados, según lo dispuesto en el art. 170.1 del RD 2/2004, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, podrán presentar reclamaciones en el plazo de quince días hábiles a partir del siguiente a la fecha de inserción de este anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

El expediente se considerará definitivamente aprobado, si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones.

En resumen, la modificación de créditos es la siguiente:

Morata de Tajuña, a 26 de junio de 2026.—La alcaldesa-presidenta, Gloria de la Torre Martínez.

(03/10.764/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20M: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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