Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 167

Fecha del Boletín 
15-07-2026

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260715-53

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y ADMINISTRACIÓN LOCAL

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ADENDA primera de 17 de junio de 2026, al convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid en materia de asistencia jurídica a municipios de 2 de julio de 2025.

REUNIDOS

De una parte, el Excmo. Sr. D. Miguel Ángel García Martín, Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local de la Comunidad de Madrid, nombrado por Decreto 39/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 150, de 26 de junio de 2023), actuando en representación de la Comunidad de Madrid y de acuerdo con lo establecido en el artículo 41.a) de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el artículo 3, apartado 2, del Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid.

De otra parte, Dña. Judit Piquet Flores, en calidad de Presidenta de la Federación de Municipios de Madrid, nombrada en la Asamblea General de la entidad, celebrada el 28 de noviembre de 2023, actuando en el ejercicio de las atribuciones conferidas en el apartado 1 del artículo 35 letra g) de los estatutos de la citada Federación.

Las partes se reconocen capacidad y competencia suficientes para formalizar el presente convenio y, a tal efecto,

EXPONEN

Primero

Con fecha de 2 de julio de 2025 fue suscrito el Convenio entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Presidencia, Justicia y Administración Local) y la Federación de Municipios de Madrid, en materia de asistencia jurídica a municipios, pactándose en su cláusula cuarta una vigencia del mismo de un año.

Dicho convenio tiene por objeto establecer un marco de colaboración entre la Comunidad de Madrid y la Federación de Municipios de Madrid, orientado a permitir y facilitar la asistencia y asesora miento jurídico y/o la representación y defensa en juicio realizada por los Letrados de la Comunidad de Madrid a los municipios de la Comunidad de Madrid que se adhieran al convenio, a tenor de las exigencias legales previstas en la Ley 3/1999 y su normativa de desarrollo.

Segundo

El artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, regula la duración y régimen de prórrogas de los convenios, disponiendo su apartado 2.o que, en cualquier momento anterior a la finalización del plazo de vigencia pactado, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un período de hasta cuatro años adicionales o su extinción. En términos semejantes se expresa la cláusula cuarta del convenio cuya prórroga se pretende.

Tercero

Antes de la expiración de la vigencia del convenio, las partes estiman conveniente acordar su prórroga por un año más, al resultar satisfactoria la colaboración alcanzada en virtud del mismo.

Por todo lo expuesto, suscriben la presente Adenda de acuerdo con las siguientes,

CLÁUSULAS

Primera

Prórroga del convenio

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.h) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, las partes acuerdan prorrogar el Convenio en materia de asistencia jurídica a municipios por un año más.

Segunda

Mantenimiento y vigencia del resto de cláusulas

Todas las restantes obligaciones asumidas por las partes firmantes en virtud del Convenio que ahora se prorroga se mantienen expresamente vigentes y sin cambios hasta la expiración del plazo de prórroga objeto de la presente Adenda.

Y, siendo cuanto antecede fiel reflejo de la voluntad de las partes, firman de forma sucesiva la presente Adenda de prórroga, con los respectivos certificados electrónicos, considerándose firmada en Madrid, en la fecha en que se encuentre consignada la última firma de las partes.

En Madrid, a 17 de junio de 2026.—El Consejero de Presidencia, Justicia y Administración Local, Miguel Ángel García Martín.—La Presidenta de la FMM, Judit Piquet Flores.

(03/10.533/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.103.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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