Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 169

Fecha del Boletín 
17-07-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260717-61

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ALCALÁ DE HENARES

RÉGIMEN ECONÓMICO

61
Alcalá de Henares. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto del acuerdo de 3 de julio de 2026, de la Junta de Gobierno Local, por el que se aprueban las bases reguladoras que han de regir el Concurso de Comparsas de la Cabalgata de Ferias y Fiestas 2026 en la ciudad de Alcalá de Henares.

N.o de BDNS 918511

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones ( http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/lindex ):

Primero. Beneficiarios.—Podrán participar todas las personas, entidades o grupos que lo deseen y se inscriban correctamente conforme a las presentes bases, que desarrollen sus actividades en la ciudad de Alcalá de Henares o alguno de sus miembros sea ciudadano de la misma, mediante los formularios establecidos por la Concejalía de Fiestas y tradiciones Populares. Al menos uno de los componentes de la charanga deberá ser mayor de edad. En caso de grupos sin identidad jurídica, deberá adjuntarse un escrito con los datos de todos sus miembros (nombre, apellidos, DNI, fecha de nacimiento, teléfono y correo electrónico), designando un responsable mayor de edad, que actuará como interlocutor con el Ayuntamiento mediante declaración firmada por todos los miembros.

Segundo. Finalidad.—La Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares está destinada a la gestión y organización de todas las festividades sociales. Su función principal es garantizar el correcto desarrollo de las mismas, así como fomentar la participación de la ciudadanía en dichos eventos de carácter festivo.

Tercero. Bases reguladoras.—Acuerdo de Junta de Gobierno Local de 3 de julio de 2026, publicadas en la página web www.aytoalcaladehenares.es, se registrará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se procederá a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Cuarto. Importe.—El importe total acumulado de premios asciende a 4.500,00 euros. Los premios serán los siguientes:

— 1er Premio: 1.300,00 euros.

— 2.o Premio: 800,00 euros.

— 3er Premio: 400,00 euros.

— 4.o Premio: 250,00 euros.

— 5.o Premio: 150,00.

Todas las comparsas participantes en el concurso percibirán una cantidad fija de 200 euros concepto de participación, además de la cuantía que les correspondiese si fueran premiados, siempre que presenten la documentación indicada.

El jurado podrá declarar desiertos los premios o conceder menciones especiales.

Los premios se abonarán según el artículo 6 de las presentes bases.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de las solicitudes comenzará al día siguiente de su publicación en la sede electrónica del Ayto. de Alcalá de Henares a través de la web: http://festejos.ayto-alcaladehenares.es, se registrará en la Base de Datos Nacional de Subvenciones y se procederá a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Las solicitudes junto con la documentación requerida se presentarán conforme a lo establecido en el artículo 2 de las presentes bases.

El plazo de presentación comenzará al día siguiente de su publicación en la sede electrónica del Ayuntamiento de Alcalá y finalizará el 30 de julio de 2026.

Sexto. Otros datos.—El desfile se celebrará el domingo 30 de agosto de 2026, a las 21:00 horas.

El orden del desfile será fijado por la Concejalía de Fiestas y Tradiciones Populares y deberá ser respetado durante todo el recorrido y se les indicará previamente a la participación. Las comparsas que no completen el recorrido podrán ser eliminadas.

Cada grupo portará una pancarta con su nombre y número de orden en lugar visible.

El número máximo de comparsas participantes podrá ser hasta 8 grupos.

Cada charanga estará compuesta por grupos entre 15 y 50 componentes. El jurado podrá decidir la no participación de algún grupo inscrito, si el trabajo presentado no reúne un mínimo de calidad o no se ajusta al proyecto preseleccionado. El Ayuntamiento se reserva todos los derechos de grabación y difusión del evento. Queda prohibida la participación de animales en el desfile, salvo la autorización expresa del Ayuntamiento. Se prohíbe el uso de pirotecnia o cualquier elemento que suponga riesgo y se prohíbe ingerir bebidas alcohólicas o fumar durante el recorrido.

Alcalá de Henares, a 10 de julio de 2026.—El concejal-delegado de Fiestas y Tradiciones Populares, Antonio Saldaña Moreno.

(03/11.665/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260717-61