Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 171

Fecha del Boletín 
20-07-2026

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260720-22

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE SANIDAD

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ORDEN 1104/2026, de 10 julio, de la Consejería de Sanidad, por la que se declara la uniformidad y la gestión centralizada de la contratación del suministro de equipamiento electromédico para quirófanos, destinado a los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS).

De acuerdo con lo previsto en el artículo 32 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 11 de abril de 2003), podrán ser objeto de contratación centralizada aquellos bienes y servicios cuya uniformidad haya sido declarada necesaria para su utilización común por la Comunidad.

El apartado segundo del citado artículo dispone que cuando se trate de bienes y servicios de utilización específica por los órganos, centros o servicios de una determinada Consejería, o adscritos a la misma, compete al Consejero respectivo declarar la uniformidad, previo informe de la Dirección General de Patrimonio (actualmente Dirección General de Patrimonio y Contratación).

La Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, de conformidad con el artículo 41.Cuatro 2.b) de la Ley 11/2022, de 21 de diciembre, de Medidas Urgentes para el Impulso de la Actividad Económica y la Modernización de la Administración de la Comunidad de Madrid, tiene entre sus funciones proponer al órgano competente los suministros, bienes y servicios cuya contratación debe realizarse de forma centralizada en el ámbito sanitario y los procedimientos para llevarla a cabo, competencia que ha sido delegada por el Consejo de Administración de la Agencia, mediante Acuerdo de 23 de diciembre de 2024, en su Consejero Delegado, Acuerdo publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 15 de enero de 2025.

Como medida de racionalización la Agencia considera que debe declararse de gestión centralizada el suministro de equipamiento electromédico para quirófanos destinado a los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud (SERMAS), para complementar los ya incluidos en la Orden 566/2007, de 30 de marzo, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se acuerda la uniformidad de determinados productos sanitarios y se declara de gestión centralizada su contratación.

Este equipamiento resulta esencial para el adecuado funcionamiento de los quirófanos, permitiendo la correcta realización de los procedimientos quirúrgicos en condiciones óptimas de seguridad y calidad asistencial.

En esta denominación se incluyen, entre otros, y con carácter orientativo y no limitativo: las mesas de anestesia, mesas quirúrgicas, torres de laparoscopia, monitorización, lámparas, columnas, electrobisturíes, navegadores, robots quirúrgicos, es decir, equipos necesarios para garantizar la correcta colocación del paciente, mantener sus constantes vitales y proporcionar la iluminación exacta para realizar la intervención y, en definitiva, conseguir la máxima eficiencia en la actividad de nuestros quirófanos.

La necesidad de la contratación centralizada se fundamenta en la conveniencia de renovar el parque tecnológico de los centros sanitarios, homogeneizar las adquisiciones de alta tecnología, unificando características mínimas y funcionalidades, garantizar la continuidad y accesibilidad de la prestación asistencial quirúrgica y mejorar la eficiencia en la gestión del gasto público, lo que ha justificado la tramitación de la declaración de compra centralizada de equipamiento electromédico para quirófanos destinado a los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud.

En este sentido, la Consejería de Sanidad, a propuesta de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, y conforme a lo dispuesto en los artículos 3.5, 32, 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto 49/2003, de 3 de abril, declara necesaria la ampliación de la declaración de uniformidad y compra centralizada, en el ámbito de la Consejería de Sanidad, del suministro de equipamiento electromédico para quirófanos destinado a los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, cuya contratación se llevará a cabo a través de un acuerdo marco.

La finalidad de esta declaración de uniformidad del suministro, en relación con el equipamiento electromédico para quirófanos destinado a los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud, se basa en que se considera equipamiento de uso generalizado en los centros sanitarios dependientes del Servicio Madrileño de Salud, que tienen características homogéneas y que genera un gasto elevado en la gestión de adquisición, haciéndose esencial la compra centralizada del equipamiento electromédico para quirófanos, con el objeto de garantizar una gestión más eficaz del gasto, homogeneizar las soluciones tecnológicas empleadas en los centros y aprovechar economías de escala derivadas de la contratación centralizada.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 3.5 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, la competencia para celebrar los contratos corresponde al titular de la Consejería o al órgano que se determine en la declaración de uniformidad.

Por todo lo expuesto, al amparo de lo previsto en los artículos 33 y 34 del Reglamento General de Contratación Pública de la Comunidad de Madrid, visto el informe de la Dirección General de Patrimonio y Contratación, de 9 de julio de 2026,

DISPONGO

Primero

Declarar la uniformidad y la gestión centralizada de la contratación del suministro de equipamiento electromédico destinado a los quirófanos de los centros sanitarios del Servicio Madrileño de Salud y que se adjudicará mediante acuerdos marco por procedimiento abierto y pluralidad de criterios.

Segundo

Designar como órgano de contratación al Consejero Delegado de la Agencia de Contratación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 41.4.2.d) de la ley 11/2022, de 21 de diciembre y en el artículo 11 del Decreto 63/2024, de 19 de junio.

Tercero

La contratación del suministro objeto de gestión centralizada se llevará a cabo mediante acuerdos marco de conformidad con los artículos 218 y siguientes de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, por la que se trasponen al ordenamiento jurídico español las Directivas del Parlamento Europeo y del Consejo 2014/23/UE y 2014/24/UE, de 26 de febrero de 2014.

Cuarto

Lo dispuesto en esta Orden, será de aplicación a todos los centros y unidades dependientes del Servicio Madrileño de Salud, relacionados en la disposición adicional segunda del Decreto 246/2023, de 4 de octubre, del Consejo de Gobierno, por la que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud:

— Centros y organizaciones adscritos al Servicio Madrileño de Salud:

• Atención Hospitalaria.

— Centros y entidades integrados o vinculados al Servicio Madrileño de Salud:

• Hospital Universitario de Fuenlabrada, integrado en el Servicio Madrileño de Salud.

• Hospital Universitario Fundación Alcorcón, fundación pública sanitaria de gestión directa del Servicio Madrileño de Salud.

— Se establece la posibilidad de que el Hospital Central de la Defensa “Gómez Ulla” pueda adherirse, de conformidad con el convenio vigente celebrado con el Ministerio de Defensa (MDEF).

En Madrid a 10 de julio de 2026.—La Consejera de Sanidad, P. D. (Orden 655/2025, de 22 de abril), el Secretario General Técnico, Francisco Lobo Montalbán.

(03/11.642/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.108.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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