Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 184

Fecha del Boletín 
04-08-2026

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260804-84

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO DE MADRID NÚMERO 34

84
Madrid número 34. Procedimiento 311/2026

D. Gustavo Adolfo Carasa Antón, letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Contencioso Administrativo n.o 34 de Madrid.

Doy fe: Que en el Procedimiento Ordinario 311/2026 se ha dictado resolución del tenor literal siguiente:

Decreto

Letrado de la Administración de Justicia D. Gustavo Adolfo Carasa Antón.

En Madrid, a veintiséis de junio de dos mil veintiséis.

Por recibido el anterior escrito y documentos, fórmese autos y regístrese, y resultando los siguientes:

Antecedentes de hecho

Primero.—Por la procuradora, Dña. María del Mar Rodríguez Gil, en nombre y representación de D. Adriano Ortiz Maíllo, se presentó escrito formulando recurso contencioso-administrativo contra resolución del Ayuntamiento de Madrid, sobre impugnación proyecto reparcelación.

Fundamentos de derecho

Primero.—De conformidad con lo dispuesto en los artículos 23 y 45.3 de la LJCA, examinado el escrito de interposición y cumpliendo los requisitos legales, procede admitir a trámite el recurso y requerir, conforme se establece en el artículo 48 LJCA, a la Administración demandada la remisión del expediente administrativo en el plazo y con los requisitos que se establecen en dicho artículo, adjuntando justificante de los emplazamientos realizados a los interesados para que comparezcan ante este órgano judicial en el plazo de nueve días conforme prevé el artículo 49 de la LJCA.

Acuerdo

Admitir a trámite el recurso contencioso-administrativo interpuesto por D. Adriano Ortiz Maíllo, contra la resolución del Ayuntamiento de Madrid, indicada en el escrito de interposición.

Tener por personado a la procuradora Dña. María del Mar Rodríguez Gil en nombre y representación de D. Adriano Ortiz Maíllo.

Requerir al Ayuntamiento de Madrid la remisión a este Juzgado, en el plazo improrrogable de 20 días desde que la comunicación judicial tenga entrada en su registro general, del expediente administrativo, vía la aplicación Inside, Lexnet o correo electrónico (juzconten34@madrid.org), completo, foliado y, en su caso, autentificado, acompañado de un índice, asimismo autentificado, de los documentos que contenga, notificándose la resolución que ordene la remisión del expediente a todos los interesados en el mismo, emplazándoles conforme al artículo 49 LJCA para que puedan comparecer ante este órgano judicial en el plazo de nueve días.

Y respecto a la petición de publicación en el “Boletín Oficial del Ayuntamiento de Madrid” y del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, se le advierte que el coste corre a cargo del recurrente, por lo que se le requiere para que manifieste si así lo solicita, y con su resultado se acordará.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición, en el plazo de cinco días, a contar desde el siguiente al de su notificación, previa constitución del depósito previsto en la Disposición Adicional Decimoquinta de la Ley Orgánica del Poder Judicial, bajo apercibimiento de no admitir a trámite dicho recurso.

Dicho depósito habrá de realizarse mediante el ingreso de su importe en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado número 5118-0000-93-0311-26 Banco de Santander, especificando en el campo concepto del documento Resguardo de ingreso que se trata de un “Recurso” 21 Contencioso-Reposición de resoluciones letrado/a de la Administración de Justicia (25 euros). Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, el código y tipo concreto de recurso debe indicarse justamente después de especificar los 16 dígitos de la cuenta expediente (separado por un espacio).

Lo acuerdo y firmo. Doy fe.—El letrado de la Administración de Justicia.

Expido el presente edicto, cuyos gastos son a cargo del recurrente D. Adriano Ortiz Maíllo, que firmo.

En Madrid, a 7 de julio de 2026.—El letrado de la Administración de Justicia.

(02/12.395/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.130.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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