Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 187

Fecha del Boletín 
07-08-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260807-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COSLADA

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

52
Coslada. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Por decreto de Alcaldía-Presidencia número 2026/3100, de 23 de julio de 2026, se ha resuelto delegar en los tenientes de alcalde de 1 a 31 de agosto, ambos inclusive, con el siguiente contenido:

“./.

He resuelto:

Primero.—Delegar en los tenientes de alcalde de este Ayuntamiento para que me sustituyan en la totalidad de mis funciones y por el orden de su nombramiento, de acuerdo con lo establecido en el artículo 23, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, en los períodos que se indican a continuación:

— Actuará como alcalde en funciones de 1 a 16 de agosto, ambos inclusive, D. Fernando Romero Castro; primer teniente de alcalde.

— Actuará como alcaldesa en funciones de 17 a 23 de agosto, ambos inclusive, D.a Macarena Orosa Hidalgo, segunda teniente de alcalde.

— Actuará como alcaldesa en funciones de 24 a 30 de agosto, ambos inclusive, D.a Elena Lebrato Bustos; tercera teniente de alcalde.

— Actuará como alcaldesa en funciones el 31 de agosto, D.a Macarena Orosa Hidalgo, segunda teniente de alcalde.

Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surtirá efectos desde el día siguiente al de su fecha.

Tercero.—Dar cuenta al Pleno en la primera sesión ordinaria que se celebre y comunicar a los concejales/as y a la plantilla municipal”.

Lo que se hace público para general conocimiento.

Coslada, a 24 de julio de 2026.—El alcalde-presidente, Ángel Viveros Gutiérrez.

(03/12.790/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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