Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
28-08-2026

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260828-53

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEAVERO

RÉGIMEN ECONÓMICO

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Valdeavero. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Aprobado inicialmente por el Pleno de este Ayuntamiento, en sesión ordinaria celebrada el 25 de junio de 2026, con el quorum legalmente establecido y efectuada la correspondiente exposición pública, previa publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 159, de fecha 6 de julio de 2026, se eleva a definitivo, por ausencia de reclamaciones, el expediente de modificación de créditos n.o 10/2026, del presupuesto en vigor, en la modalidad de transferencia de crédito entre aplicaciones presupuestarias de distinto nivel de vinculación jurídica, de conformidad con el artículo 169 del texto refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo:

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 171.1 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día de la publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

Sin perjuicio de ello, a tenor de lo establecido en el artículo 171.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, la interposición de dicho recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acto o acuerdo impugnado.

Valdeavero, a 20 de agosto de 2026.—La alcaldesa-presidenta, María Luisa Castro Sancho.

(03/13.654/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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