Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 207

Fecha del Boletín 
31-08-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260831-45

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CORPA

RÉGIMEN ECONÓMICO

45
Corpa. Régimen económico. Padrones fiscales

Por decreto de Alcaldía, de fecha 19 de agosto de 2026, se acuerda la aprobación de los padrones fiscales correspondientes al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Urbana, al Impuesto sobre Bienes Inmuebles de Naturaleza Rústica y al Impuesto sobre Actividades Económicas del ejercicio 2026.

Estos padrones estarán expuestos al público en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Corpa durante el plazo de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, durante el cual podrán examinarlos y presentar las reclamaciones que contra los mismos estimen oportuno.

Anuncio de Cobranza

El período de pago voluntario de estos padrones fiscales se iniciará el día 1 de octubre hasta el día 30 de noviembre de 2026, ambos inclusive.

El pago de tributos gestionados mediante los padrones fiscales anteriormente indicados se realizará en Caixabank, mediante la presentación del documento cobratorio.

La no recepción por el interesado del recibo de pago no es motivo para su falta de abono en período voluntario, pudiendo recoger un duplicado u original en el Departamento de Recaudación.

Los recibos domiciliados correspondientes a un único pago se pasarán al cobro el día 6 de noviembre de 2026.

Finalizado el período de pago en voluntaria se iniciará el período cobro en vía ejecutiva con el consiguiente recargo de apremio, intereses de demora y costas de acuerdo con lo dispuesto en la Ley General Tributaria y Reglamento General de Recaudación.

Lo que se hace público para general conocimiento y en cumplimiento de la normativa vigente.

Corpa, a 20 de agosto de 2026.—El alcalde, Santiago Serrano Barranco.

(01/13.672/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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