Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
25-09-2026

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260925-44

Páginas: 2


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, AGRICULTURA E INTERIOR

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RESOLUCIÓN de 1 de septiembre de 2026, de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, por la que se somete a información pública el procedimiento de desafectación de 4.301,38 m2 de terrenos de la vía pecuaria “Colada del Mediodía o Camino de la Sierra” del término municipal de Rozas de Puerto Real.

Examinado el expediente de desafectación de terrenos de la vía pecuaria “Colada del Mediodía o Camino de la Sierra” del término municipal de Rozas de Puerto Real, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Las vías pecuarias de Rozas de Puerto Real se encuentran clasificadas por Orden Ministerial de 22 de mayo de 1970, publicada en el “Boletín Oficial del Estado” de 17 de junio de 1970 y en el Boletín Oficial de la Provincia de Madrid de 15 de junio de 1970.

Segundo

Con fecha de registro de entrada 23 de enero de 2024, tiene entrada propuesta de modificación de trazado de la vía pecuaria “Colada del Mediodía o Camino de la Sierra”, del término municipal de Rozas de Puerto Real, presentada por el Ayuntamiento de dicho término municipal.

Tercero

Por Resolución de la Dirección General de Agricultura, Ganadería y Alimentación de 27 de mayo de 2026, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 137, de fecha 11 de junio de 2026, se inicia el procedimiento de desafectación de 4.301,38 m2 de terrenos de la vía pecuaria “Colada del Mediodía o Camino de la Sierra” del término municipal de Rozas de Puerto Real” para posterior modificación de trazado.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

La Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias establece en su artículo 11 la posibilidad de variar o desviar el trazado de las vías pecuarias, previa desafectación, siempre que se asegure el mantenimiento de la integridad superficial, la idoneidad de los itinerarios y de los trazados, junto con la continuidad del tránsito ganadero y de los demás usos compatibles y complementarios con aquel.

Segundo

El artículo 20 de la Ley 8/1998, de 15 de junio, de Vías Pecuarias de la Comunidad de Madrid regula la desafectación.

Así mismo, los artículos 19 y siguientes del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, regulan el procedimiento de desafectación.

Tercero

El artículo 20.1 del Decreto 7/2021, de 27 de enero, del Consejo de Gobierno, establece que la propuesta de desafectación se someterá a información pública durante el plazo de un mes mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID así como en el Portal de la Transparencia de la Comunidad de Madrid, para que cualquier persona, física o jurídica, pueda examinarlo y formular las alegaciones que estime pertinentes, pudiendo presentar los documentos que considere oportunos.

En virtud de los antecedentes y fundamentos anteriores, en el ejercicio de las competencias atribuidas en el Decreto 38/2023, de 23 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 235/2023, de 6 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente, Agricultura e Interior,

RESUELVO

Primero

Someter al trámite de información pública de un mes el procedimiento de Desafectación de 4.301,38 m2 de terrenos de la vía pecuaria “Colada del Mediodía o Camino de la Sierra” del término municipal de Rozas de Puerto Real” para posterior modificación de trazado.

Segundo

Una vez publicada la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, el proyecto de modificación de trazado podrá consultarse en el portal institucional en la ruta https://www.comunidad.madrid/transparencia/

Asimismo, dicho proyecto estará expuesto en las oficinas del Área de Vías Pecuarias de esta Dirección General, sita en la calle Alcalá 16, planta primera (28014 Madrid), debiendo solicitar cita previa en el teléfono 914 383 117.

Tercero

Durante dicho plazo se podrán presentar las alegaciones que se estimen oportunas ante la Dirección General Agricultura, Ganadería y Alimentación, en cualquiera de los organismos que recoge el artículo 16.4 de la Ley 39/2015 de 1 de octubre del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y a través de medios electrónicos en los casos previstos en el artículo 14.2 la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Madrid a 1 se septiembre de 2026.—El Director General de Agricultura, Ganadería y Alimentación, Ángel Enrique de Otero Mancebo.

(03/15.016/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.109.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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