Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 233

Fecha del Boletín 
30-09-2026

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20260930-89

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VELILLA DE SAN ANTONIO

RÉGIMEN ECONÓMICO

89
Velilla de San Antonio. Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones

Extracto de la convocatoria para la concesión de subvenciones a las asociaciones sin ánimo de lucro inscritas en el Registro Municipal de Velilla de San Antonio 2026

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en:

— https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/inicio – Base de Datos Nacional de Subvenciones.

— https://velilladesanantonio.sedelectronica.es /transparency/6cdf0d22-5ac7-43ff-88d3- 88929c9f6e7b/ – Transparencia del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio

BDNS: 930857

1. Objeto y beneficiarios

El Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, en virtud de lo establecido en el art. 22.2 de la Ley 38/2003 de 17 de Noviembre General de Subvenciones, a la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y, conforme al Presupuesto Municipal en vigor, establece la presente convocatoria en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a asociaciones sin ánimo de lucro que desarrollen su actividad en el municipio de Velilla de San Antonio y que se encuentren debidamente inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones.

El objeto de la presente convocatoria es la financiación de aquellos proyectos realizados o pendientes de realizar por las asociaciones, dirigidos a promover la participación de los vecinos y vecinas en las políticas públicas municipales, implicación ciudadana en la ejecución de la mismas y en el fomento y el fortalecimiento del asociacionismo, contribuyendo a conseguir el objetivo de desarrollo sostenible 16.7 de la Agenda 2030 de Naciones Unidas.

Podrán beneficiarse de estas subvenciones las asociaciones sin ánimo de lucro que lleven a cabo gastos para proyectos o actividades relacionadas con el área de Participación Ciudadana, orientadas a Servicios Sociales, Sanidad, Consumo, Educación, Juventud, Infancia, Medio Ambiente y Transición Ecológica, Mayores, Obras y Servicios, Innovación, Desarrollo local, Deporte, Cultura, e Igualdad.

2. Bases reguladoras

La presente convocatoria se ajustará a las Bases Reguladoras aprobadas por el Pleno de este ayuntamiento publicadas en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. núm. 198 jueves 20 de agosto de 2026 pág. 121, y que se pueden consultar en el siguiente enlace https://velilladesanantonio.sedelectronica.es/transparency

3. Crédito presupuestario a los que se imputa la subvención y cuantía total máxima de las subvenciones convocadas

Los fondos destinados a la financiación de las subvenciones reguladas en esta Convocatoria serán los correspondientes a la partida 47 924 489000 recogida en el Presupuesto Municipal, que para el 2026 suma un total de 30.000 euros.

4. Plazo de presentación de solicitudes

Para esta convocatoria se establece un plazo de presentación de solicitudes de treinta días naturales desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

5. Otros datos

Se debe presentar la solicitud y toda la documentación pertinente por medio de la sede electrónica del Ayuntamiento de Velilla de San Antonio, https://velilladesanantonio.sedelectronica.es

Con el fin de facilitar la realización del objeto de la subvención, el abono de la misma se realizará con carácter anticipado, al considerarse una actuación necesaria para llevar a cabo las actuaciones inherentes a la subvención.

El plazo para que las asociaciones presenten la debida justificación se extenderá desde la fecha de concesión hasta el último día natural del mes de febrero del año siguiente al de la concesión.

Velilla de San Antonio, a 22 de septiembre de 2026.—La concejala-delegada de Cultura, Yolanda Rollón Ferigal.

(03/15.324/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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