Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 234

Fecha del Boletín 
01-10-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261001-63

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE CABANILLAS DE LA SIERRA

OFERTAS DE EMPLEO

63
Cabanillas de la Sierra. Ofertas de empleo. Oferta empleo público

Mediante Resolución de Alcaldía n.o 2026-0193, de fecha 22 de septiembre de 2026, se ha aprobado la Oferta de Empleo Público del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra correspondiente al ejercicio 2026, comprensiva de la siguiente plaza:

La plaza se encuentra vinculada al puesto de arquitecto municipal sostenido en común por los Ayuntamientos de Cabanillas de la Sierra y Valdemanco.

Lo que se hace público para general conocimiento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 91 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 70 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.

La aprobación de la Oferta comporta la obligación de convocar el correspondiente proceso selectivo para la cobertura de la plaza comprometida, debiendo desarrollarse su ejecución dentro del plazo improrrogable de tres años legalmente establecido.

Contra la resolución de Alcaldía por la que se aprueba la presente Oferta de Empleo Público, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición ante la Alcaldía del Ayuntamiento de Cabanillas de la Sierra, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo ante la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia territorialmente competente, en el plazo de dos meses contado desde el día siguiente al de la publicación, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

En caso de interponerse recurso potestativo de reposición, no podrá interponerse recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación presunta, sin perjuicio de cualquier otro recurso que pudiera resultar procedente.

En Cabanillas de la Sierra, a 23 de septiembre de 2026.—El alcalde-presidente, Fernando Tárraga Enamorado.

(03/15.336/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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