Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 239

Fecha del Boletín 
07-10-2026

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261007-50

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE COLMENAREJO

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

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Colmenarejo. Organización y funcionamiento. Delegación funciones

Visto que mediante Resolución de Alcaldía de 4 de febrero de 2026, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 37, de 13 de febrero de 2026, quedó establecida la relación de concejales con delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles en el municipio de Colmenarejo.

Visto que el Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de marzo de 2026, tomó conocimiento de la renuncia de D.a Guadalupe de la Fuente Espinosa a su cargo de concejal del Grupo Municipal VOX.

Visto que, en sesión plenaria celebrada el día 30 de abril de 2026, D.a Raquel Chouciño Martín tomó posesión de su cargo de concejal del Grupo Municipal VOX, en sustitución de D.a Guadalupe de la Fuente Espinosa.

Considerando procedente actualizar la relación de concejales en quienes se encuentra delegada la competencia para la celebración de matrimonios civiles a fin de incorporar en la misma a D.a Raquel Chouciño Martín, resuelvo:

Primero.—Delegar en D.a Raquel Chouciño Martín la competencia para la celebración de matrimonios civiles en el municipio de Colmenarejo.

Segundo.—Actualizar la relación de concejales con delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles, suprimiendo de la misma a D.a Guadalupe de la Fuente Espinosa, como consecuencia de su renuncia al cargo de concejala, e incorporando a D.a Raquel Chouciño Martín.

La lista de concejales con delegación de competencia para la celebración de matrimonios civiles, quedaría como sigue:

— D.a Elisa De Pedraza Fernández del Pino.

— D. Juan Ramón Irurzun Morán.

— D. Andrés Manuel Arronte Sainz de los Terreros.

— D. Ramón Jesús Vázquez Alfonso.

— D. Flavio Yair Bruno.

— D.a Susana Lapeña Santamaría.

— D.a María Soledad Sáenz Velasco.

— D.a Raquel Chouciño Martín.

— D. Luis María Gabriel Gómez de Agüero Ormaza.

— D. Jesús Castro Merino.

— D. José Jorge Martín Gómez.

— D.a María Luz Cortés Díez.

Tercero.—Los concejales (as) delegados (as) quedan obligados a informar a esta Alcaldía, a posteriori, de la gestión desarrollada y, con la necesaria antelación, de las decisiones de transcendencia.

Cuarto.—Notificar personalmente la presente resolución a la designada, que requerirá para su eficacia la aceptación de la delegada, entendiéndose ésta otorgada tácitamente si no se formula ante el alcalde expresa manifestación de no aceptación de la delegación en el término de tres días hábiles, contados desde el siguiente a aquel en le sea notificada.

Quinto.—Queda sin validez ni efectos cualquier otro Decreto o Resolución de Alcaldía dictado con anterioridad relacionado con la organización municipal y delegaciones de competencias en los concejales.

Sexto.—La presente delegación surtirá efecto desde el día siguiente al de la fecha de la Resolución, sin perjuicio de su preceptiva publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, y se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre.

Colmenarejo, a 29 de septiembre de 2026.—El alcalde, Fernando Juanas Cerrada.

(03/15.744/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20C: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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