Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 249

Fecha del Boletín 
19-10-2026

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20261019-66

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE ARGANDA DEL REY

RÉGIMEN ECONÓMICO

66
Arganda del Rey. Régimen económico. Modificación presupuestaria

Anuncio de aprobación definitiva de la modificación de crédito número 12/2026, en la modalidad de suplemento de crédito

En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 169 y 177 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, se hace público que habiendo transcurrido el plazo reglamentario de quince días hábiles de información pública del expediente número 13/2026/91203 de modificación de crédito número 12/2026 en su modalidad de suplemento de crédito del presupuesto de 2026, aprobado inicialmente en sesión de Pleno de la Corporación en sesión celebrada el 16 de septiembre de 2026 y no habiéndose presentado alegaciones al mismo, el acuerdo de aprobación inicial ha quedado elevado automáticamente a definitivo.

De conformidad con lo establecido en el artículo 169.3, en relación con el artículo 177.2 del citado texto legal, se publica el resumen por capítulos de la modificación presupuestaria aprobada:

Contra el presente acuerdo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 171 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, las personas interesadas podrán interponer directamente recurso ante la sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.

De conformidad con lo previsto en el artículo 113.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, la interposición del recurso no suspenderá por sí sola la efectividad del acuerdo impugnado.

Arganda del Rey, a 15 de octubre de 2026.—El concejal-delegado de Hacienda y Festejos Populares, Álvaro Fernández Martín-Consuegra.

(03/16.763/26)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20A: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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