Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
13-01-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090113-0149

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 17 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Paloma Muñiz Carrión, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 17 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 666 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Carlos Arroyo Barquilla, don Turlea Florín Gheorghe, don Israel Roncero González, don Massimo Tafuri, don Juan José Fernández López, don Jamal Karroua, don Alejandro Rey Asenjo, don Mariano Remartínez Iglesias, don Juan Francisco Jiménez Llorente, don Julio Prados Domingo, don José Toral Gámez, contra las empresas “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, “Construcciones Sindin 2007, Sociedad Limitada”, e “I Sindin, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado providencia de 12 de diciembre de 2008, cuyo contenido es del tenor literal siguiente:

Providencia

Ilustrísima señora magistrada doña Paloma Rebate Labrandero.—En Madrid, a 12 de diciembre de 2008.

Dada cuenta; visto el estado de las presentes actuaciones, se tienen por cumplidas a las empresas demandadas en el requerimiento efectuado por resolución de 10 de noviembre pasado y por ratificadas las mismas en el escrito de acuerdo de las partes de fecha 7 de octubre de 2008.

Y proveyendo los escritos de ejecución y opción presentados con anterioridad, se acuerda:

En cuanto al escrito de ejecución y opción presentado con fecha 16 de julio de 2008, por el que se formulaba incidente de no readmisión, y no estando don Israel Roncero González incluido en el escrito de acuerdo de las partes, cítese a dicho demandante y a las empresas demandadas, así como al Fondo de Garantía Salarial, para que comparezcan ante la Sala de Audiencias de este Juzgado de lo social número 17 de Madrid, calle Hernani, número 59, el próximo día 22 de enero de 2009, a las nueve y veinticinco horas de su mañana, dando traslado a la parte contraria de copia del escrito presentado y sirviendo el presente proveído de citación en forma.

Cítese a las demandadas por correo ordinario con acuse de recibo, y cautelarmente por edictos que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y tablón de anuncios de este Juzgado.

Se requiere al ejecutante para que el día señalado para el incidente aporte vida laboral.

En cuanto a los escritos presentados por las empresas demandadas con fecha 17 de septiembre de 2008, se tiene por ejercitada por las mismas la opción por la indemnización. No se admite la opción de “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada” (escrito presentado el 8 de abril de 2008) al haberse presentado fuera de plazo.

En cuanto al escrito de ejecución de los demandantes presentado con fecha 31 de julio de 2008, y con respecto a don Juan Francisco Jiménez Llorente, que no está incluido en el escrito de acuerdo, no ha lugar a lo solicitado en el mismo a la vista de la opción por la indemnización ejercitada por las empresas, sin perjuicio de que dicho demandante inste a lo que a su derecho interese.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación.

Lo manda y firma su señoría. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—La magistrada-juez de lo social (firmado).

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Construcciones Valdeavero, Sociedad Limitada”, “Construcciones Sindin 2007, Sociedad Limitada”, e “I Sindin, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de diciembre de 2008.

(03/37.083/08)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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