Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
19-01-2009

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090119-0018

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 3
DE ALCALÁ DE HENARES

EDICTO

En el juicio de divorcio contencioso número 1.242 de 2007 se ha dictado la resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia

En Alcalá de Henares, a 3 de octubre de 2008.—Doña Asunción Loranca Ruilópez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia número 3 de Alcalá de Henares y su partido, habiendo visto los presentes autos de divorcio número 1.242 de 2007, seguidos ante este Juzgado entre partes: de una, como demandante, doña María Rocío Nadador León, representada por la procuradora señora Pavón Vela y asistida de la letrada señora Baz Vicente, frente a don Rotimi Larry David, y en nombre de Su Majestad el Rey se ha dictado la presente resolución con base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por la representación de doña María Rocío Nadador León, contra don Rotimi Larry David, debo declarar y declaro la disolución, por divorcio, del matrimonio formado por estos, con todos los efectos legales inhe­rentes.

Una vez firme esta resolución, notifíquese de oficio al Registro Civil en que conste inscrito el matrimonio de los litigantes.

Cada parte abonará las costas causadas a su instancia y las comunes por mitad.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica a don Rotimi Larry David, haciéndole saber que contra la presente resolución cabe recurso de apelación, que se preparará por medio de escrito presentado en este Juzgado en el plazo de cinco días hábiles contados desde el día siguiente de la notificación, limitado a citar la resolución apelada, manifestando la voluntad de re­currir, con expresión de los pronunciamientos que impugna (artículo 457.2 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil).

En Alcalá de Henares, a 16 de diciembre de 2008.—La secretaria judicial (firmado).

(03/588/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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