Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
20-05-2009

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090520-0077

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA

JUZGADO NÚMERO 8
DE MADRID

EDICTO

En el procedimiento ordinario número 1.433 de 2005, sobre otras materias, se ha dictado la siguiente resolución:

Sentencia

En Madrid, a 10 de febrero de 2009.—Vistos por don Santiago Manuel García Fernández, magistrado-juez sustituto a cargo del Juzgado de primera instancia número 8 de los de Madrid, los presentes autos de juicio ordinario civil número 1.433 de 2005, promovidos por doña María Rosa García García, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Navarro Gutiérrez y asistida por el letrado don Luis Collar de Cáceres, contra la entidad “Voladuras y Proyectos, Sociedad Limitada”, declarada en situación procesal de rebeldía según resolución de fecha 13 de enero de 2006; contra la entidad “Ferrovial Agromán, Sociedad Anó­nima”, representada por la procuradora de los tribunales doña Victoria Pérez-Mulet Díez-Picazo y defendida por el letrado don José Fernando Sánchez Esteva, y contra la entidad aseguradora “Asefa, Sociedad Anónima”, representada por el procurador de los tribunales don Ramón Rodríguez Nogueira y defendida por la letrada doña Rebeca Martínez Fustes, sobre reclamación de cantidad, recayendo la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Estimando la demanda interpuesta por doña María Rosa García García, representada por el procurador de los tribunales don Carlos Navarro Gutiérrez, debo condenar y condeno a las entidades “Voladuras y Proyectos, Sociedad Limitada”, y “Ferrovial Agromán, Sociedad Anónima”, y a la entidad aseguradora “Asefa, Sociedad Anónima”, una vez firme la presente resolución, a que abonen con carácter solidario a la parte demandante la cantidad de 26.680 euros, incrementada con los intereses legales correspondientes, como se ha señalado en el fundamento judicial cuarto de la presente resolución, hasta su total e íntegro abono.

En Madrid, a 23 de marzo de 2009.—El secretario judicial (firmado)

(02/5.540/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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