Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
22-05-2009

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20090522-0266

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 2 DE GUADALAJARA

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Pilar Buelga Álvarez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Guadalajara.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 37 de 2009-A de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Jorge Saura Álvarez-Ugena, contra la empresa “Marán Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, se ha dictado en el día de hoy auto que es del tenor literal siguiente:

Auto

En Guadalajara, a 27 de abril de 2009.

Parte dispositiva:

1.  Habiendo abonado la entidad “Sarclo, Sociedad Limitada”, la cantidad de la que respondía solidariamente, se acuerda despachar ejecución a instancias de don Jorge Saura Álvarez-Ugena, frente a la empresa “Marán Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, para cubrir la cantidad de 3.261,19 euros de principal (resulta de descontar de la cantidad objeto de condena, 5.710,47 euros, la abonada por la entidad “Sarclo, Sociedad Limitada”, 2.449,28 euros), más 652,24 euros que se calculan provisionalmente y sin perjuicio de posterior liquidación para intereses y costas.

2.  Tráigase a estos autos testimonio del auto de insolvencia dictado con fecha 20 de abril de 2009 en el procedimiento de ejecución seguido en este Juzgado bajo el número 134 de 2008. Asimismo tráigase a estos autos testimonio de la sentencia dictada en el procedimiento seguido en este Juzgado bajo el número 469 de 2008.

3.  Dese audiencia al Fondo de Garantía Salarial y a la parte actora para que en quince días puedan designar la existencia de nuevos bienes susceptibles de traba, advirtiéndoles que de no ser así se procederá a dictar auto de insolvencia provisional en la presente ejecución.

Notifíquese la presente resolución a las partes. Para la notificación a la entidad ejecutada, líbrese edicto para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Modo de impugnación: contra la misma no cabe recurso alguno, sin perjuicio de la oposición que pueda formularse por la ejecutada en el plazo de diez días por defectos procesales o por motivos de fondo (artículo 551 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, en relación con los artículos 556 y 559 del mismo texto legal), sin perjuicio de su ejecutividad.

Así por este auto lo pronuncia, manda y firma el ilustrísimo señor magistrado-juez don José Eduardo Martínez Mediavilla. Doy fe.—La secretaria judicial (firmado).—El magistrado-juez de lo social (firmado).

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Marán Telecomunicaciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Guadalajara, a 27 de abril de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/15.060/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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