Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
14-10-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091014-0184

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IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 3 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María José Moreno Mora, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 3 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 464 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Sara Montealegre García, contra don Ricardo Rodrigo Mateos y “Slinges, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado sentencia, cuyo fallo es el siguiente:

Fallo

Procede estimar la demanda planteada por doña Sara Montealegre García, contra la empresa “Slinges, Sociedad Limitada”, don Ricardo Rodrigo Mateos y Fondo de Garantía Salarial, en reclamación de cantidad, y debo condenar a la empresa demandada a que abone al demandante la cantidad total de 3.693,43 euros, más el 10 por 100 de interés por mora.

Notifíquese esta sentencia a las partes, advirtiendo que contra ella podrán interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, debiendo anunciar su propósito ante este Juzgado en el término de cinco días hábiles siguientes a la notificación del presente fallo, debiendo el recurrente si es empresario aportar el resguardo acreditativo de haber depositado en “Banesto”, sito en la calle Orense, número 19, de Madrid, entidad 0030, oficina 1143 y número de cuenta 2501/0000/00/0464/09, el importe del principal y 150,25 euros.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a don Ricardo Rodrigo Mateos y “Slinges, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de septiembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/31.769/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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