Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm

Fecha del Boletín 
16-12-2009

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0183

Páginas: 0


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADOS DE LO SOCIAL

JUZGADO DE LO SOCIAL
NÚMERO 6 DE MADRID

EDICTO
CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Botella García-Lastra, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 238 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Domingo Guerra Santaengracia, don José Javier Canal Hernández, don Antonio Tarazaga Blanes, don Alberto González Avilés y don Francisco José Tardío Hernández, contra las empresas “Litocénter, Sociedad Limitada”, “Real Sitio de Inversiones, Sociedad Limitada”, “Samer Retiro, Sociedad Limitada”, “Impresión y Fantasía Careño, Sociedad Limitada”, y “Gráficas Samsolo, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución:

Parte dispositiva:

Se acuerda:

a)  El embargo de los bienes inmuebles que se describen como propiedad de la empresa “Real Sitio Inversiones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83181107.

Vivienda unifamiliar inscrita en el Registro de la Propiedad de San Lorenzo de El Escorial número 2 de Madrid, reseñada con el número de finca 11.520, número de parcela 220, sita en la avenida Principal, número 15, Los Arroyos, Sector 5 de Navalquejido. Finca urbana, nave industrial inscrita en el Registro de la Propiedad número 19 de Madrid, reseñada con el número de finca 31.916, sita en la calle Puerto de Pozazal, número 4, Pol. Coop. Vallecas, 28031 Madrid, inscrita en el tomo 335, libro 335, folio 125, inscripción quinta.

Para responder de la cantidad de 117.334,67 euros, más 7.040 euros y 11.733,46 euros para intereses y costas provisionalmente calculados para este procedimiento, seguido a instancias de don Domingo Guerra Santaengracia, con documento nacional de identidad número 1089843-B, don José Javier Canal Hernández, con documento nacional de identidad número 50957497-P, don Antonio Tarazaga Blanes, con documento nacional de identidad número 118480-F, don Alberto González Avilés, con documento nacional de identidad número 46838871-S, y don Francisco José Tardío Hernández, con documento nacional de identidad número 51997804-W, contra “Litocénter, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-79182267; “Real Sitio de Inversiones, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83181107; “Samer Retiro, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-83064535; “Impresión y Fantasía Careño, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-85569580, y “Gráficas Samsolo, Sociedad Limitada”, con cédula de identificación fiscal número B-84796804.

b)  Librar mandamiento por duplicado al Registro de la Propiedad para que practique anotación preventiva de dicho embargo, expida certificación de haberlo hecho, de la titularidad de los bienes y, en su caso, de sus cargas y gravámenes y comunique a este órgano judicial la existencia de ulteriores asientos que pudieran afectar al embargo anotado y remitir, asimismo, mandamientos por fax a los registros de la propiedad, a fin de que extienda el correspondiente asiento de presentación.

c)  Requerir a las ejecutadas para que dentro de los diez días siguientes a la notificación de esta resolución cumplan los requerimientos indicados en el segundo fundamento jurídico del presente auto.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnación: contra la misma podrán interponer recurso de reposición en el plazo de cinco días hábiles a contar desde el siguiente al de su notificación. Advirtiéndose a las partes que conforme al artículo 244 de la Ley de Procedimiento Laboral, las resoluciones dictadas en ejecución se llevarán a efecto no obstante su impugnación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, que deberá depositar la cantidad de 25 euros en la cuenta abierta en “Banesto”, a nombre de este Juzgado, con el número 0030/1143/30/2504, acreditándolo mediante la presentación del justificante de ingreso, incorporándose a este Juzgado con el anuncio del recurso, no admitiéndose a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido, sin perjuicio del carácter subsanable de tal defecto (Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, artículo 19, disposición adicional decimoquinta).

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Se advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que les sirva de notificación en legal forma a “Litocénter, Sociedad Limitada”, “Real Sitio de Inversiones, Sociedad Limitada”, “Samer Retiro, Sociedad Limitada”, “Impresión y Fantasía Careño, Sociedad Limitada”, y “Gráficas Samsolo, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de noviembre de 2009.—La secretaria judicial (firmado).

(03/39.896/09)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20091216-0183