Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm
Sección 2.70.1: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100126-0279
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II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO Delegación del Gobierno en Madrid Área Funcional de Trabajo e Inmigración EDICTO Don Ildefonso Hernández Sanz, director del Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, de acuerdo con lo dispuesto en el número 4 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (“Boletín Oficial del Estado” de 27 de noviembre de 1992), modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, hace saber a las empresas que a continuación se relacionan que el director general de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y de la Responsabilidad Social de las Empresas, ha emitido resolución con fecha 8 de julio de 2009, relativa al préstamo formalizado entre el Estado y la entidad “Sociedad Cooperativa Limitada Livinia”, en virtud de la cual se da carta de pago de la totalidad de la deuda correspondiente a principal e intereses y, en consecuencia, acceder a lo solicitado por la entidad “Transacciones Industriales Spain, Sociedad Limitada”, autorizando la cancelación de la hipoteca constituida a favor del Estado (Fondo Nacional de Protección al Trabajo), de conformidad con lo establecido en la escritura de préstamo hipotecario de fecha 28 de julio de 1982, y que no han podido ser notificados por desconocido, ignorado paradero o rehusado: — “Sociedad Cooperativa Limitada Livinia”, calle Soledad “La Ermita”, sin número, Torres de la Alameda (Madrid). — Don Joaquín Hortelano Coronado y doña Amelia de la Fuente Gómez, calle Serna, número 2, primero derecha, Torrejón de Ardoz (Madrid). Dicha resolución se encuentra a la vista de los interesados en el Área de Trabajo e Inmigración de la Delegación del Gobierno en Madrid, sita en la calle Serrano, número 69, quinta planta, de Madrid. Asimismo, se comunica que contra la presente resolución cabe recurso de alzada ante la Secretaría General de Empleo, que podrá interponer en el plazo de un mes, desde la fecha de notificación, de conformidad con lo establecido en los artículos 107 y demás concordantes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero. Madrid, a 19 de noviembre de 2009.—Firmado. (02/13.748/09) |

