Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 46

Fecha del Boletín 
24-02-2010

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100224-13

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO

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RESOLUCIÓN de 2 de febrero de 2010, por la que se hace público el acuerdo relativo al Plan Especial de Redes Supramunicipales del Sector 115-A, “Espartales Norte”, en el término municipal de Alcalá de Henares, promovido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid (Ac. 7/10).

La Comisión de Urbanismo de Madrid, en sesión celebrada el día 28 de enero de 2010, examinó el expediente relativo al Plan Especial de Redes Supramunicipales del Sector 115-A, “Espartales Norte”, en el término municipal de Alcalá de Henares, promovido por la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid.

En virtud del contenido del informe técnico-jurídico de fecha 22 de enero de 2010, emitido por la Dirección General de Urbanismo y Estrategia Territorial de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, y demás informes obrantes en el expediente, y aceptando la propuesta formulada por dicha Dirección General el 22 de enero de 2010, elevada a su consideración, la Comisión de Urbanismo de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 61.3.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, adoptó Acuerdo del siguiente tenor literal:

Primero

Aprobar definitivamente el Plan Especial de Redes Supramunicipales del Sector 115-A, “Espartales Norte”, en el término municipal de Alcalá de Henares.

Segundo

Publicar el presente Acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En relación con lo dispuesto en el artículo 65 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, expresamente se significa que un ejemplar del citado Plan Especial se encuentra depositado en la Unidad de Información Urbanística de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, sita en la calle Maudes, número 17, de Madrid, donde puede ser consultado.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que contra el presente Acuerdo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, y sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.

Madrid, a 2 de febrero de 2010.—El Secretario General Técnico, Alfonso Moreno ­Gómez.

(03/5.638/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.80.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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