Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 55

Fecha del Boletín 
06-03-2010

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100306-18

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN DE ALCORCÓN NÚMERO 2

EDICTO

18
Procedimiento 136 de 2006

Don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, juez-magistrado del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón.

Hace saber: Que en este Juzgado se tramita juicio ordinario número 136 de 2006, habiéndose dictado con fecha 12 de mayo de 2009 sentencia, cuyo encabezamiento y fallo es como sigue:

El ilustrísimo señor don Juan Ramón Rodríguez Llamosí, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia número 2 de Alcorcón, ha visto los presentes autos de juicio ordinario número 136 de 2006, seguidos ante este Juzgado, a instancias de don Luis Miguel Alcántara Díaz, representado por la procuradora doña María José Pérez Martínez, contra “Edificaciones Galmar, Guinea y Viorreta, Sociedad Limitada”, herederos de don Alfonso González González, doña Arminda Concepción Cruz, doña Elena Terrón Blanco, comunidad de propietarios de la calle Cañada, número 17, y don José Antonio Múgica Rubio, sobre acción de rectificación del artículo 40 de la Ley Hipotecaria, con declaración de dominio y cancelación de inscripción registral contradictoria, recayendo la presente resolución en base al siguiente

Fallo

Que estimando la demanda de juicio ordinario formulada por don Luis Miguel Alcántara Díaz, representado por la procuradora doña María José Pérez Martínez, contra “Edificaciones Galmar, Guinea y Viorreta, Sociedad Limitada”, herederos de don Alfonso González González, doña Arminda Concepción Cruz, doña Elena Terrón Blanco, comunidad de propietarios de la calle Cañada, número 17, y don José Antonio Múgica Rubio, sobre acción de rectificación del artículo 40 de la Ley Hipotecaria, con declaración de dominio y cancelación de inscripción registral contradictoria, debo declarar y declaro justificado y acreditado el dominio del actor don Luis Miguel Alcántara Díaz, mayor de edad, provisto de número de identificación fiscal 381692-F, mayor de edad, casado en régimen de sociedad de gananciales con doña Rosa María Muñoz Gamarra, con número de identificación fiscal 50152397-T, sobre la finca local comercial número 3 de Alcorcón, señalado con el número 17 de la calle Cañada, procedente de la segregación de la finca registral número 50.849, folio 149, del tomo 1.366, libro 630 del Registro de la Propiedad número 2 de Alcorcón, y, en consecuencia, se ordena la rectificación del Registro, tomando nota de la propiedad del actor, cancelándose la inscripción contradictoria a que se refiere el artículo 20 de la Ley Hipotecaria en lo que respecta a la porción segregada y con los requisitos del artículo 47 del Reglamento Hipotecaria, ordenando se haga referencia de dicha segregación en la finca matriz, con indicación de su cabida y modificación en cuanto a la segregación practicada, abriéndose folio registral con numeración independiente para la finca segregada objeto del presente procedimiento.

No procede hacer declaración sobre costas procesales.

Firme esta resolución, entréguese al actor el oportuno testimonio literal en el que conste su firmeza en calidad de título necesario y bastante para obtener la inscripción interesada.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndolas saber que contra la misma cabe interponer recurso de apelación dentro de los cinco días siguientes a su notificación.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá testimonio a los autos de su razón, definitivamente juzgando en la instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste y sirva de notificación de la sentencia a los ignorados herederos de don Alfonso González González y de la mercantil “Edificaciones Galmar, Sociedad Anónima”, en paradero desconocido, y su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y en el tablón expido la presente en Alcorcón, a 20 de enero de 2010.—La magistrada-juez de primera instancia (firmado).

(02/1.276/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.100.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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