Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 98

Fecha del Boletín 
26-04-2010

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-184

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Segunda

EDICTO

184
Recurso 1.235 de 2006

Ilustrísimos señores: presidente, don Francisco Gerardo Martínez Tristán, y magistrados, don Juan Francisco López de Hontanar Sánchez, doña Elvira A. Rodríguez Martí, don Miguel Ángel García Alonso, don Francisco Javier Canabal Conejos, doña Sandra González de Lara Mingo y don Marcial Viñoly Palop.—En la villa de Madrid, a 12 de noviembre de 2009.

Vistos por la Sala, constituida por los señores citados de este Tribunal Superior de Justicia de Madrid, los autos de recurso contencioso-administrativo número 1.235 de 2006, interpuesto por la entidad Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid, representada por el procurador don Santos Gandarillas Carmona y asistida por el letrado don Francisco Javier Berriatúa Horta, contra la ordenanza de diseño y gestión de obras en la vía pública del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno de la Corporación de fecha 31 de mayo de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2006. Ha sido parte el Ayuntamiento de Madrid, representado por el procurador don Luis Fernando Granados Bravo.

Fallamos

Que desestimamos el recurso contencioso-administrativo interpuesto por el procurador don Santos Gandarillas Carmona, en nombre y representación de la entidad Asociación de Empresas de la Construcción de Madrid, contra la ordenanza de diseño y gestión de obras de la vía pública del Ayuntamiento de Madrid, aprobada por el Pleno de la Corporación de fecha 31 de mayo de 2006 y publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de junio de 2006, por ser los artículos 26 y 27 de la misma ajustados a derecho, sin especial declaración en cuanto a las costas procesales causadas.

Notifíquese la presente resolución, con la advertencia de que la misma no es firme, pudiendo interponerse recurso de casación que habrá de prepararse ante esta misma Sala en el plazo de los diez días siguientes a la notificación de la presente resolución, previa constitución del depósito de 50 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” abierta en esta Sección, tal y como establece la disposición adicional decimoquinta de la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial.

Así por esta nuestra sentencia lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para su publicación a los efectos del artículo 126 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa expido el presente.

En Madrid, a 24 de marzo de 2010.—El secretario (firmado).

(03/13.903/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.50.1.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100426-184