Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100525-279

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 12

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

279
Ejecución 39 de 2010

Doña Montserrat Torrente Muñoz, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 12 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 39 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Fadil Berkani, contra la empresa “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, sobre despido, se ha dictado resolución el día 16 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a don Fadil Berkani con la empresa “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, condenando a esta a que abone a aquel las cantidades siguientes:

Nombre del trabajador: don Fadil Berkani.

Indemnización: 3.714,53 euros.

Salarios: 13.650,02 euros (desde la fecha del despido, hasta el 13 de abril de 2010).

Total de indemnización y salarios de trámite: 17.364,55 euros.

En consecuencia, requiérase a la empresa demandada “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, para que en el plazo de diez días hábiles ingrese la cantidad de 17.364,55 euros en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado al número 2510 de la entidad “Banesto”, sita en la calle Orense, número 19, de Madrid, bajo apercibimiento, que en caso de no realizarlo se iniciará la vía de apremio.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Modo de impugnarla: mediante recurso de reposición a presentar en este Juzgado dentro de los cinco días hábiles siguientes al de su notificación, cuya sola interposición no suspenderá la ejecutividad de lo que se acuerda (artículo 184.1 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Si la parte recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá dentro del plazo para recurrir constituir un depósito de 25 euros, y si no lo hace, el recurso no se admitirá a trámite.

El citado depósito podrá efectuarse:

a) Mediante consignación en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado con el número 2510, código 30, indicando el número de procedimiento y el año, en la sucursal del “Banco Español de Crédito”, calle Orense, número 19, de Madrid.

b) Mediante transferencia en dicha entidad, siendo los obligatorios 0030/1143/50/ 0000000000, indicando el número de cuenta 2510, el número de procedimiento y la persona o empresa que hace el ingreso.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.—La magistrada-juez de lo social, Francisca Arcé Gómez.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Codecón Obras Civiles, Sociedad Limitada Unipersonal”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 16 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.656/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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