Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 123

Fecha del Boletín 
25-05-2010

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100525-330

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 30

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

330
Ejecución 61 de 2010

Doña María Dolores Gómez Collados, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 30 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 61 de 2010 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Gabriela Danalache, contra “Sumitaber, Sociedad Limitada”, sobre despido, se ha dictado auto de fecha 15 de abril de 2010, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva:

Se declara resuelto el contrato de trabajo con efectos de la presente resolución, fijando: la indemnización total por despido improcedente que ha de satisfacer a la demandante, doña Gabriela Danalache, la demandada, “Sumitaber, Sociedad Limitada”, en la cantidad de 7.175 euros, y los salarios de tramitación desde el despido hasta la fecha en la cuantía de 9.193,33 euros, importes que sustituyen a los fijados en sentencia y que ha de abonar la empresa a la trabajadora.

Notifíquese a las partes, advirtiendo a la trabajadora que deberá proceder a regularizar las prestaciones que viniere percibiendo ante la oficina pública de empleo. Notifíquese al Servicio Público de Empleo Estatal.

Contra la presente resolución procede recurso de reposición, que podrá interponerse dentro de los cinco días siguientes a su notificación, con expresión de la infracción cometida.

Así por este auto lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Sumitaber, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente edicto de notificación para su colocación en el tablón de anuncios de este Juzgado e inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 15 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.698/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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