Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 128

Fecha del Boletín 
31-05-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100531-173

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 14

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

173
Demanda 665 de 2009

Doña María Ángeles Charriel Ardebol, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 14 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 665 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Segundo José Aníbal Farinango Chonta, contra las empresas “Construcciones Sánchez Domínguez Sando, Sociedad Anónima”, y “Agofer Construcciones, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado acta de conciliación, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Acta de conciliación

En Madrid, a 28 de abril de 2010.—Ante la ilustrísima magistrada-juez doña Isabel Sánchez Peña, de este Juzgado de lo social número 14 de Madrid, con mi asistencia, la secretaria judicial, doña María Ángeles Charriel Ardebol, constituidos a los efectos de celebrar el acto de conciliación, comparecen: como demandante, don Segundo José Aníbal Farinango Chonta, con documento nacional de identidad número 50634236-N, asistido del letrado don Segundo José Aníbal Farinango Chonta, colegiado número 65.234; como demandada, “Construcciones Sánchez Domínguez Sando, Sociedad Anónima”, comparece la procuradora doña Paloma Prieto González, con número de colegiada 346, según acredita mediante la exhibición y retirada en este acto de poder; “Agofer Construcciones, Sociedad Limitada”, no comparece, pese a estar citada en legal forma mediante edictos; no comparece el Fondo de Garantía Salarial, pese a estar citado en legal forma.

Exhortadas la partes por la magistrada-juez para que lleguen a una avenencia, advirtiendo a estas de los derechos y obligaciones que pudieran corresponderles, y sin prejuzgar el contenido de la eventual sentencia, se consigue un acuerdo en los siguientes términos:

La empresa reconoce la existencia de la deuda y ofrece la cantidad de 3.173,74 euros netos, que serán ingresados en el plazo de cuarenta y ocho horas en la cuenta bancaria donde el trabajador percibía sus salarios.

El trabajador acepta.

Su señoría aprueba el acuerdo obtenido por las partes, ordenando se proceda seguidamente al cierre y archivo de las presentes actuaciones. Con lo que se da por terminado este acto, del que se extiende la presente acta que firman los que en la misma intervienen después de su señoría, de lo que yo, la secretaria judicial, doy fe.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Agofer Construcciones, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 28 de abril de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/18.939/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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