Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 129

Fecha del Boletín 
01-06-2010

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100601-121

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GETAFE

URBANISMO

121
Quinta modificación Plan General Ordenación Urbana

El Ayuntamiento Pleno en sesión celebrada el 19 de abril de 2010 adoptó el siguiente acuerdo:

«Primero.—Aprobar inicialmente la quinta modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana de Getafe referente a la subsanación de error material detectado en los suelos ocupados por la Casa de Extremadura, conforme al artículo 57.a) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

El objeto de la modificación que se propone es subsanar el error gráfico existente en el plano de Ordenación del Suelo Urbano 0-582.3-2.04 en el que los suelos ocupados por la Casa de Extremadura están calificados zona verde, regulados por la ordenanza Zona Duodécima: Espacios Libres y Zonas Verdes.

La modificación consiste en calificar dichos suelos como equipamiento, en la categoría de asociativo, de acuerdo a la actividad que allí se desarrolla, el cual forma parte de la Red Local de Equipamientos del Plan General de Getafe.

Esta modificación no supone disminución de dotación de zonas verdes, siendo una mera adaptación de los suelos a la realidad existente.

Segundo.—Someter la modificación al trámite de información pública por el plazo de un mes, mediante su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, en un periódico de amplia difusión y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Getafe, tal y como establece el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.

Tercero.—Solicitar informes sectoriales a la Dirección General de Evaluación Ambiental de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid y a la Dirección General de Patrimonio Histórico de la Consejería de Cultura, Deporte y Portavocía de Gobierno de la Comunidad de Madrid; informes que deberán emitirse en el plazo de un mes, a contar desde la recepción de la documentación, de conformidad con el artículo 57.b) de la Ley 9/2001, del Suelo de la Comunidad de Madrid.»

Cuantas personas se consideren interesadas podrán examinar dicho expediente en los Servicios Técnicos Municipales en las mañanas de los días hábiles, a partir del siguiente a la publicación del presente anuncio, como, así mismo, formular por escrito, que habrá de presentarse en el Registro General de la Corporación, cuantas alegaciones estimen pertinentes a sus derechos.

Getafe, a 26 de abril de 2010.—El concejal-delegado de Urbanismo, Inspección, Patrimonio y Cultura, PD de 20 de mayo de 2008, José Manuel Vázquez Sacristán.

(03/19.415/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

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