Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 161

Fecha del Boletín 
07-07-2010

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100707-131

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 19

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

131
Demanda 1.035 de 2008

Don Alfredo Alcañiz Rodríguez, secretario judicial del Juzgado de lo social número 19 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.035 de 2008 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Eugenio Puebla Santiago, don Marco Néstor Villa Esparza y doña Inmaculada García Fernández, contra la empresa “Eurolimp, Sociedad Anónima”, y “Proyectos Integrales de Limpieza, Sociedad Anónima”, sobre ordinario, se ha dictado resolución de fecha 10 de junio de 2010, cuya parte dispositiva en su tenor literal es la siguiente:

Visto el estado de las actuaciones, no habiéndose celebrado el acto del juicio previsto para el día 8 de junio de 2010, a las nueve cuarenta y cinco horas, al coincidir con la huelga de funcionarios de esa fecha, se acuerda señalar nuevamente para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio el día 26 de julio de 2010, a las nueve y veinte horas de la mañana en la sede de este Juzgado, y a tal fin, cítese a las partes intervinientes mediante la notificación del presente proveído.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación y citación en legal forma a don Marco Néstor Villa Esparza, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el tablón de anuncios de este Juzgado, en su caso, en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 10 de junio de 2010.—El secretario judicial (firmado).

(03/25.637/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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