Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 229

Fecha del Boletín 
24-09-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20100924-187

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 2

EDICTO

187
Demanda 1.304 de 2009

Doña María Isabel Cano Campaña, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 2 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.304 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don José Luis Salazar Guzmán, contra “Construcciones Díaz Brusco, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente:

Se tiene por presentada la demanda, con la que se formará el oportuno procedimiento. Regístrese en el libro correspondiente y como quiera que se advierten los siguientes defectos:

— Falta firmar la demanda.

— Deberá determinar el lugar de prestación de servicios para determinar la competencia territorial.

No ha lugar, por ahora, a su admisión a trámite.

Notifíquese y requiérase a la parte actora, para que en el plazo de cuatro días hábiles subsane los defectos indicados, con la prevención de que transcurrido dicho plazo sin hacerlo se procederá, sin más trámite, al archivo de estas actuaciones (artículo 81 de la Ley de Procedimiento Laboral).

Notifíquese a las partes.

Lo manda y firma su señoría.—Doy fe.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia, o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a don José Luis Salazar Guzmán, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 1 de septiembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/33.672/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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