Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 265

Fecha del Boletín 
05-11-2010

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101105-52

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE EL MOLAR

OTROS ANUNCIOS

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Notificación decreto 158/2009

Habiéndose intentado notificar a los abajo indicados y no habiéndose podido practicar la misma, y en base al apartado quinto del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se procede a practicar la notificación mediante anuncios en el tablón de edictos del municipio de residencia y en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

La notificación es del siguiente tenor literal:

Decreto 158/2009

Visto el expediente instruido al efecto, relativo a los vertidos de tierras efectuados en la parcela 1 del polígono 14 sin licencia municipal por parte de “Vulcanizados Javi, Sociedad Limitada”, con NIF B-81503930.

Resultando que los hechos están probados a tenor del informe de la Policía Local de 27 de junio de 2009.

Considerando que a tenor del artículo 5.1, los hechos se consideran infracción, siendo sancionables con multa de 700 euros.

Esta Alcaldía, en uso de sus atribuciones a tenor de lo preceptuado en el artículo 21.1 de la Ley 7/1985, de Bases de Régimen Local, viene en resolver imponer a la mercantil “Vulcanizados Javi, Sociedad Limitada”, una sanción de 700.000 euros por los vertidos de tierras sin licencia municipal en la parcela 1 del polígono 14.

Notificación

Recurso contra la liquidación: podrá interponerse recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante la Alcaldía, y posteriormente, contra la denegación tácita o expresa, podrá interponer recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses desde la notificación de la desestimación del recurso, ante el Juzgado de lo contencioso-administrativo de Madrid.

Plazos de ingreso de la liquidación:

— Si se notifica la siguiente liquidación entre los días 1 y 15 de cada mes, el ingreso se realizará desde la fecha de notificación hasta el día 20 del mes siguiente o el inmediato hábil posterior.

— Si se notifica la presente liquidación entre los días 16 y último de cada mes, el ingreso se realizará desde la fecha de notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el inmediato hábil posterior.

Transcurridos los anteriores plazos sin haberse ingresado la deuda, la misma se incrementará con el recargo de apremio de un 20 por 100 más los intereses de demora correspondientes, iniciándose el procedimiento de cobro por vía ejecutiva.

El Molar, a 24 de septiembre de 2010.—El alcalde, Emilio de Frutos Sebastián.

(02/10.189/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20E: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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