Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 287

Fecha del Boletín 
01-12-2010

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-260

Páginas: 2


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

260
Demanda 1.027 de 2010

Doña María Victoria Esteban Delgado, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.027 de 2010-E de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Celestino Sánchez Sánchez y dos más, contra la empresa “Inoxidables MCR, Sociedad Anónima”, sobre reclamación de cantidad, se han dictado las siguientes resoluciones:

Decreto

Secretaria judicial, doña María Victoria Esteban Delgado.—En Móstoles, a 7 de septiembre de 2010.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

1. Admitir a trámite la demanda presentada por don Celestino Sánchez Sánchez, frente a “Inoxidables MCR, Sociedad Anónima”, en materia de reclamación de cantidad.

2. Se acuerda requerir a la empresa demandada la documental solicitada para que en el día del juicio aporte los documentos indicados en la demanda, sin perjuicio del criterio de su señoría el magistrado-juez, y citar a las partes, con traslado de la demanda y documentación a la parte demandada, a fin de que comparezcan a la celebración del juicio, a cuyo efecto se señala para el día 4 de abril de 2011, a las once y treinta horas.

3. En relación con el interrogatorio de las partes: ha lugar, y se requiere al legal representante de la empresa demandada a fin de que comparezca el día y hora señalados, con el apercibimiento de que en caso de incomparecencia se le podrá tener por confeso.

4. Se tiene por hechas las manifestaciones contenidas en el escrito de la demanda sobre la comparecencia a juicio del demandante asistido de letrado.

5. Se acuerda emplazar al Fondo de Garantía Salarial, con copia de la demanda.

Con las siguientes advertencias y apercibimientos:

A la parte demandante: que si no asistiere a la vista, y la parte demandada no alegare interés legítimo en la continuación del proceso, se le tendrá por desistida de la demanda.

A la parte demandada: que conforme a lo preceptuado en el artículo 21 de la Ley de Procedimiento Laboral, si el demandante pretendiese comparecer en el juicio asistido de abogado o representado por procurador o graduado social colegiado lo hará constar en la demanda.

A ambas partes: que deben comparecer a la vista con las pruebas de que intenten valerse.

Se indica también a las partes: que en el caso de solicitarse citación judicial de partes, testigos o peritos deberán pedirlo en el plazo de diez días siguientes a la recepción de la notificación de la presente resolución, debiendo indicar al Juzgado qué personas han de ser citadas por el tribunal para que asistan a la vista, bien como testigos o peritos o como conocedoras de los hechos sobre los que tendría que declarar la parte, facilitando los datos y circunstancias precisas para llevar a efecto la citación, conforme al artículo 90.2 de la Ley de Procedimiento Laboral.

Asimismo, se indica a ambas partes: que deben comunicar a este tribunal cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso (artículo 155.5, párrafo primero, de la Ley de Enjuiciamiento Civil).

Sirviendo la presente de citación y notificación en forma a todas las partes.

Auto

En Móstoles, a 8 de septiembre de 2010.

Dispongo: Acumúlense a estos autos los que se siguen en este Juzgado con los números 1.028 de 2010 y 1.029 de 2010, discutiéndose conjuntamente en un solo procedimiento y debiendo resolverse en una sola resolución todas las cuestiones planteadas.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Inoxidables MCR, Sociedad Anónima”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 5 de noviembre de 2010.—La secretaria judicial (firmado).

(03/43.871/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101201-260