Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 309

Fecha del Boletín 
28-12-2010

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20101228-12

Páginas: 3


I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones

CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA E INTERIOR

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ORDEN de 19 de noviembre de 2010, por la que se crea el fichero de datos de carácter personal denominado “Reg. datos planes de autoprotección”, adscrito a esta Consejería.

El artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros de datos de carácter personal se realizará mediante disposición de carácter general que será publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y que en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid la aprobación de aquella disposición se hará mediante Orden del Consejero respectivo. En el mismo artículo se establecen los aspectos que se deben indicar en las disposiciones de creación de ficheros de datos de carácter personal, desarrollados por el Decreto 99/2002, de 13 de junio, de regulación del procedimiento de elaboración de disposiciones de carácter general de creación, modificación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, así como su inscripción en el Registro de Ficheros de Datos Personales.

Mediante la publicación del Decreto 102/2008, de 17 de julio, por el que se modifican parcialmente las competencias y estructura orgánica de algunas Consejerías de la Comunidad de Madrid, la Dirección General de Protección Ciudadana queda adscrita a la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Por la presente Orden se crea el fichero mixto de datos de carácter personal de la Dirección General de Protección Ciudadana, denominado “Reg. datos planes de autoprotección”, relativo a la obtención de información que facilite la actuación de los servicios públicos externos en situaciones de riesgo y emergencia.

La creación de este fichero cumple las disposiciones tanto de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, como la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid y el Decreto 99/2002, de 13 de junio.

La presente Orden ha sido sometida al preceptivo informe de la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede y de conformidad con lo expuesto en el artículo 4 de la Ley 8/2001, de 13 de julio,

DISPONGO

Artículo Único

Creación de fichero

1. Se crea el fichero mixto de datos de carácter personal denominado “Reg. datos planes de autoprotección”, que se describe en el Anexo de la presente Orden, en los términos y condiciones fijados en la Ley 8/2001, de 13 de julio.

2. En relación con las medidas de seguridad para la protección de los datos de carácter personal contenidos en el fichero que se crea, se dará cumplimiento a lo previsto en el Reglamento de desarrollo de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, aprobado por Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre.

DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 19 de noviembre de 2010.

El Consejero de Presidencia, Justicia e Interior, FRANCISCO GRANADOS LERENA

ANEXO

CREACIÓN DE FICHEROS

Fichero: REG. DATOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN.

Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, Dirección General de Protección Ciudadana.

Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición (solo en caso de que sea diferente al responsable del fichero: Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, Dirección General de Protección Ciudadana, Servicio de Protección Civil.

Nombre y descripción del fichero: REG. DATOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN.

Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Mixto.

Medidas de seguridad: Medidas de nivel básico

Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

— Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, firma electrónica, nombre y apellidos, dirección, teléfono, firma/huella, otros datos de carácter identificativo: Número de fax; correo electrónico.

— Otros tipos de datos: Datos académicos y profesionales.

Descripción detallada de la finalidad del fichero y los usos previstos del mismo: RECOPILAR, DE LOS PLANES DE AUTOPROTECCIÓN, DATOS RELEVANTES PARA LA PROTECCIÓN CIVIL QUE FACILITEN LA ACTUACIÓN DE LOS SERVICIOS PÚBLICOS EXTERNOS EN SITUACIONES DE RIESGO O DE EMERGENCIA.

Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resultan obligados a suministrarlos: REPRESENTANTES LEGALES. SOLICITANTES.

Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

— El propio interesado o su representante legal, Administraciones Públicas.

Órganos y entidades destinatarios de las cesiones previstas, indicando las transferencias internacionales:

— Otros órganos de la Administración del Estado, Otros órganos de la Comunidad Autónoma, Otros órganos de la Administración Local, Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, entidades aseguradoras. Cuerpos de Bomberos; órganos competentes en materia de Protección Civil.

(03/47.853/10)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.3.40.1: I. COMUNIDAD DE MADRID

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