Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 91

Fecha del Boletín 
18-04-2011

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110418-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 11

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Demanda 1.521 de 12009

Doña Encarnación Gutiérrez Guío, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 11 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 1.521 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Alfonso Cuadros Morales, contra la empresa “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, sobre ordinario, se han dictado las siguientes resoluciones:

Sentencia número 542 de 2010

En Madrid, a 29 de noviembre de 2010.—Don Segismundo Crespo Valera, magistrado-juez del Juzgado de lo social número 11 del Juzgado de lo social de Madrid, tras haber visto los presentes autos sobre ordinario, entre partes: de una, y como demandante, don Alfonso Cuadros Morales, que comparece asistido de la letrada doña María del Pilar Reino Rodríguez, y de otra, como demandada, “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, que no comparece, ha dictado la siguiente sentencia.

Fallo

Que estimando la demanda interpuesta por don Alfonso Cuadros Morales, contra la empresa “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Anónima”, condeno a la demandada a que abone a don Alfonso Cuadros Morales la cantidad de 3.916,61 euros, más 10 por 100 de interés por mora.

Auto

En Madrid, a 28 de febrero de 2011.

Parte dispositiva:

Dispongo aclarar la sentencia dictada en los presentes autos (1.521/099) de fecha 29 de noviembre de 2010, en los siguientes términos:

En el hecho probado tercero debe incluirse un párrafo que diga: “Como consecuencia de la finalización del contrato ocurrido el 1 de septiembre de 2008, la liquidación resultante correspondiente a agosto 2008 es la siguiente:

Salario base: 930,67 euros.

Plus transporte: 72,15 euros.

Plus vestuario: 46,39 euros.

Prorrata pagas extras: 262,69 euros.

Horas extras: 393,36 euros.

Total: 1.826,46 euros.

Total reclamado: 5.743,07 euros.

En el fallo la cantidad objeto de condena que debe constar es la de 5.743,07 euros, en lugar de la cantidad que consta de 3.916,61 euros.

Se advierte a la destinataria que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “GSR Sinérgica de Seguridad, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 18 de marzo de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/11.756/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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