Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 104

Fecha del Boletín 
04-05-2011

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110504-206

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE GRANADA NÚMERO 4

EDICTO

206
Ejecución 11 de 2011

El secretario judicial del Juzgado de lo social número 4 de Granada.

Hace saber: Que en este Juzgado se sigue la ejecución número 11 de 2011, sobre ejecución de títulos judiciales, a instancias de don Antonio Guerra García, contra Fondo de Garantía Salarial y “Especial Performance, Sociedad Limitada”, en la que con fecha 31 de marzo de 2011 se ha dictado auto que sustancialmente dice lo siguiente:

Decreto número 123 de 2011

Secretaria judicial, doña María Dolores Hernández Burgos.—En Granada, a 31 de marzo de 2011.

Parte dispositiva:

Acuerdo:

a) Declarar a la ejecutada “Especial Performance, Sociedad Limitada”, en situación de insolvencia total por importe de 17.873,47 euros. Insolvencia que se entenderá a todos los efectos como provisional. Remítase edicto para su publicación en el “Boletín Oficial del Registro Mercantil”.

b) Archivar las actuaciones previa anotación en el libro correspondiente y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes de la ejecutada.

Notifíquese la presente resolución.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la misma, con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente (artículo 186 de la Ley de Procedimiento Laboral). El recurrente que no tenga la condición de trabajador o beneficiario de régimen público de la Seguridad Social deberá hacer un depósito para recurrir de 25 euros en la cuenta de este Juzgado número 1735/0000/30/1105/09, debiendo indicar en el campo “Concepto” la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio con la indicación “Recurso”, seguida del código “31 Social-Revisión”. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de “Observaciones” la fecha de la resolución recurrida, utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el ministerio fiscal, el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades Locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Y para que sirva de notificación en forma a “Especial Performance, Sociedad Limitada”, cuyo actual domicilio o paradero se desconoce, libro el presente edicto que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con la prevención de que las demás resoluciones que recaigan en las actuaciones le serán notificadas en los estrados del Juzgado, salvo las que deban revestir la forma de auto o sentencias o se trate de emplazamientos y todas aquellas otras para las que la Ley expresamente disponga otra cosa.

En Granada.—El secretario judicial (firmado).

(03/13.712/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.3: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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