Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 205

Fecha del Boletín 
30-08-2011

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20110830-38

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 3

EDICTO

38
Demanda 733 de 2011

Don Ismael Pérez Martínez, secretario de lo social del número 3 de los de Madrid.

Hago saber: Que por providencia dictada en el día de la fecha, en el proceso seguido a instancias de doña Carmen Leticia Morán Loor, contra “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, en reclamación por despido, registrado con el número 733 de 2011, se ha acordado citar a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, en ignorado paradero, a fin de que comparezcan el día 18 de octubre de 2011, a las diez horas, para la celebración de los actos de conciliación y, en su caso, juicio, que tendrán lugar en la Sala de vistas de este Juzgado de lo social número 3, sito en la calle Princesa, número 3, debiendo comparecer personalmente o mediante persona legalmente apoderada y con todos los medios de prueba de que intenten valerse, con la advertencia de que es única convocatoria y que dichos actos no se suspenderán por falta injustificada de asistencia.

Se advierte a las destinatarias de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que deban revestir forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de citación a “Salazar Limpiezas y Mantenimiento, Sociedad Limitada”, y “Monje de Diego Servicios Integrales”, se expide la presente cédula para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y colocación en el tablón de anuncios.

En Madrid, a 9 de agosto de 2011.—El secretario judicial (firmado).

(03/29.383/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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