Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 289

Fecha del Boletín 
06-12-2011

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20111206-122

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MÓSTOLES NÚMERO 1

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

122
Demanda 617 de 2011

Doña María Isabel García Valero, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 1 de Móstoles.

Hago saber: Que en el procedimiento de demanda número 617 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Mihai Florin Mirsan, contra la empresa “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada”, sobre cantidad, se ha dictado la siguiente resolución:

Estimando la demanda interpuesta por don Mihai Florin Mirsan, frente a la empresa “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada”, sobre reclamación de cantidad, debo condenar y condeno a la entidad demandada a abonar al actor, por los conceptos adeudados, la cantidad de 8.368,99 euros (salvo error u omisión), incrementada en el 10 por 100 en concepto de interés por mora.

Todo ello sin perjuicio de la responsabilidad que, en su caso, corresponda al Fondo de Garantía Salarial, de conformidad con el artículo 33 del Estatuto de los Trabajadores.

Notifíquese a las partes esta sentencia, haciéndoles saber que frente a la misma pueden interponer recurso de suplicación ante la Sala de lo social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, anunciándolo por comparecencia o por escrito ante este Juzgado de lo social número 1 de Móstoles dentro de los cinco días siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente, si es empresario y no goza del beneficio de justicia gratuita, consignar en la cuenta corriente número 2850, que este Juzgado tiene abierta en el “Banco Bilbao Vizcaya” con el nombre de “Cuenta de depósitos y consignaciones”, la cantidad objeto de condena. También deberá acreditar, al tiempo de anunciarlo o en el momento de interponerlo o al tiempo de personarse en la Secretaría de la Sala de lo social, el haber depositado en dicha cuenta la suma de 25.000 pesetas. Todo ello según lo dispuesto en los artículos 188 y siguientes de la Ley de Procedimiento Laboral.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Miguel Ángel Palomo Guirao, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Móstoles, a 3 de noviembre de 2011.—La secretaria judicial (firmado).

(03/38.858/11)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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