Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 71

Fecha del Boletín 
23-03-2012

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120323-78

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCALÁ DE HENARES NÚMERO 6

EDICTO

78
Procedimiento 105 de 2011

En el procedimiento de divorcio contencioso número 105 de 2011, sobre otras materias, se ha dictado resolución, cuyo texto literal es el siguiente:

Sentencia 586 de 2011

En Alcalá de Henares (Madrid), a 3 de febrero de 2012.—Vistos por mí, don Iván Marcos García-Diego Ruiz, magistrado-juez sustituto del Juzgado de primera instancia e instrucción número 6 de Alcalá de Henares, los presentes autos de juicio verbal de divorcio contencioso número 105 de 2012, en los que son parte: como demandante, don Alfonso José Serrano Losana, representado por la procuradora señora Pavón Vela y asistido por la letrada doña María José Hermoso Díez, y como demandada, doña Antonia Pérez Montilla, declarada en situación procesal de rebeldía.

Vistos los preceptos legales citados y demás de general y pertinente aplicación,

Fallo

Que estimando como estimo la demanda presentada por la procuradora señora Pavón Vela, en nombre y representación de don Alfonso José Serrano Losana, debo acordar como acuerdo la disolución, por divorcio del matrimonio existente entre su representado y doña Antonia Pérez Montilla, con todos los efectos legales inherentes a tal declaración y, en especial, los siguientes:

Se disuelve la sociedad económica matrimonial de gananciales.

No se establece pensión compensatoria a favor de ninguno de los litigantes.

No se hace especial imposición de las costas causadas en el presente juicio.

Contra esta sentencia cabe recurso de apelación que deberá ser interpuesto ante este Juzgado mediante escrito presentado en el plazo de veinte días a contar desde la notificación de la presente sentencia conforme al artículo 458 de la Ley de Enjuiciamiento Civil.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

En virtud de lo acordado en los autos de referencia, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, por el presente se notifica la sentencia a doña Antonia Pérez Montilla.

En Alcalá de Henares, a 20 de febrero de 2012.—El secretario (firmado).

(03/7.371/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

Madrid Comunidad Digital
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120323-78