Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 83

Fecha del Boletín 
07-04-2012

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120407-160

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 28

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

160
Ejecución 211 de 2011

Don Máximo Javier Herreros Ventosa, secretario judicial del Juzgado de lo social número 28 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento de ejecución número 211 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adoración García González y doña Iulia Burlacu, contra la empresa “Grupo Samoga 2006, Sociedad Limitada”, sobre despido, se han dictado auto de fecha 21 de febrero de 2012, cuya parte dispositiva es la siguiente:

Auto

Magistrada-juez de lo social, doña Begoña García Álvarez.—En Madrid, a 21 de febrero de 2012.

Parte dispositiva:

Dispongo: Despachar orden general de ejecución del auto de fecha 22 de octubre de 2011 a favor de la parte ejecutante doña Adoración García González y doña Iulia Burlacu, frente a “Grupo Samoga 2006, Sociedad Limitada”.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra este auto no cabe recurso alguno, sin perjuicio de que la parte ejecutada pueda oponerse al despacho de la ejecución en los términos previstos en el artículo 556 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en el plazo de diez días a contar desde el siguiente a la notificación del presente auto y del decreto que se dicte.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán en los estrados de este Juzgado, salvo las que revistan forma de auto o sentencia o se trate de emplazamiento.

Y para que le sirva de notificación en legal forma a “Grupo Samoga 2006, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 21 de febrero de 2012.—El secretario judicial (firmado).

(03/9.790/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.20: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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