Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 183

Fecha del Boletín 
02-08-2012

Sección 1.4.115.20: I. COMUNIDAD DE MADRID


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20120802-22

Páginas: 1


I. COMUNIDAD DE MADRID

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CONSEJERÍA DE ASUNTOS SOCIALES

ORGANISMO AUTÓNOMO INSTITUTO MADRILEÑO DEL MENOR Y LA FAMILIA

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RESOLUCIÓN 1202/2012, de 18 de julio, del Director-Gerente, por la que se procede a la publicación de los Acuerdos de Iniciación de expediente sancionador en materia de absentismo escolar, en aplicación de la Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia.

Intentada sin efecto la práctica de notificaciones en el domicilio de los destinatarios de los Acuerdos de Iniciación de expediente sancionador que se relacionan en el Anexo único, de conformidad con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,

RESUELVO

Ordenar la publicación de indicación de dichos Acuerdos de Iniciación de expediente sancionador en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, así como su inserción en el tablón de edictos del Ayuntamiento que corresponda.

El contenido íntegro de los Acuerdos que se notifican se encuentra a disposición de los interesados en las dependencias del Servicio de Familia en Situación Especial del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, sito en la Gran Vía, número 14, de lunes a viernes, de nueve a catorce horas.

ANEXO ÚNICO

Expediente. — Imputado. — Último domicilio conocido. — Acto

ABES 27/11. — Luis Antonio Ballesteros González. — Monteleón, 10, bajo, C, 28440 Guadarrama (Madrid). — Acuerdo de Iniciación de procedimiento sancionador.

ABES 24/10. — Paloma Gutiérrez Sacristán. — Cedros, 194, urbanización Valdelagua, 28750 San Agustín del Guadalix (Madrid). — Acuerdo de Iniciación de procedimiento sancionador.

Madrid, a 18 de julio de 2012.—El Director-Gerente, Antonio García-Monsalve Escriña.

(03/26.824/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 1.4.115.20: I. COMUNIDAD DE MADRID

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