Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 271
Sección 4.80.2: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121113-103
Páginas: 2
IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA DE ALCOBENDAS NÚMERO 2
EDICTO
Don Manuel Alejandro Sánchez Castro, secretario judicial de Juzgado de primera instancia número 2, antiguo mixto número 3, de Alcobendas.
Hace saber: Que en virtud de lo acordado en los autos de divorcio contencioso número 74 de 2012, y de conformidad con lo dispuesto en los artículos 156.4 y 164 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, por el presente se emplaza a doña Nelgia Rodríguez Rosario, a fin de comparecer en el juicio expresado para contestar por escrito a la demanda, en la que figura como parte demandada, en el plazo de veinte días. Se acompaña copia de la demanda, de los documentos acompañados y del decreto de admisión de aquella que queda disponible en la Secretaría de este Juzgado, bajo apercibimiento de tenerle por rebelde y celebrándose el juicio en su ausencia.
A la vista de la solicitud de asistencia jurídica gratuita formulada por don Yonny Lara Espinosa ante el Ilustre Colegio de Abogados de Madrid, al amparo de lo establecido en la Ley 1/1996, de 10 de enero, de Asistencia Jurídica Gratuita (“Boletín Oficial del Estado” del 12), la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid, en su reunión del día 27 de mayo de 2011, ha resuelto lo siguiente:
Hechos:
Primero.—En el expediente instruido el solicitante acredita ingresos inferiores al IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples).
Segundo.—El Ilustre Colegio de Abogados de Madrid ha efectuado designación provisional de abogado para la defensa de sus intereses, para el procedimiento anteriormente reseñado, por considerar que el peticionario cumple los requisitos legalmente exigidos.
Fundamentos jurídicos:
Primero.—El artículo 3 de la Ley 1/1996 establece que se reconocerá el derecho de asistencia jurídica gratuita a aquellas personas físicas cuyos recursos e ingresos económicos, computados anualmente por todos los conceptos y por unidad familiar, no superen el doble deI IPREM (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) vigente en el momento de efectuar la solicitud.
Segundo.—El expediente se ha instruido conforme a lo previsto en la Ley 1/1996 y Decreto 86/2003, de 19 de enero, por el que se regula la asistencia jurídica gratuita en la Comunidad de Madrid, así como en lo dispuesto en la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por Ley 4/1999, de 13 de enero.
En su virtud, la Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita de la Comunidad de Madrid acuerda:
Reconocer el derecho a la asistencia jurídica gratuita a don Yonny Lara Espinosa, para el procedimiento matrimonial, divorcio y medidas ante el Decanato, Oficina de Registro y Reparto de primera instancia e instrucción de Alcobendas, con las prestaciones que se recogen en el artículo 6 de la Ley 1/1996, incluida la exención de los derechos arancelarios a que se refieren los números 8 y 9 de dicho precepto, al haber quedado acreditado que el solicitante reúne los requisitos exigidos para ello en la mencionada Ley.
La presente resolución podrá ser impugnada, dentro del plazo de los cinco días siguientes a la presente notificación, según se dispone en el artículo 20 de la Ley 1/1996. El escrito de interposición del recurso se dirigirá al órgano jurisdiccional que esté tramitando el proceso para el cual se solicitó el derecho a la asistencia jurídica gratuita, o ante el Juzgado decano de la localidad si el proceso no se hubiera iniciado, debiendo presentarse ante el secretario de esta Comisión de Asistencia Jurídica Gratuita.
Madrid, a 31 de mayo de 2011.—La secretaria de la Comisión, Ana Cristina Gómez Aparicio.
Diligencia de ordenación del secretario judicial, don Manuel Alejandro Sánchez Castro.—En Alcobendas, a 16 de octubre de 2012.
Por recibido el anterior escrito de la procuradora de los Tribunales doña Cristina Pérez Perrino, en nombre y representación de don Yonny Lara Espinosa, solicitando publicación de edicto en el “Boletín Oficial del Estado” y BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, únase a los autos de su razón y siendo el demandante beneficiario de justicia gratuita, acuerdo remitir oficio tanto al BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID como al “Boletín Oficial del Estado” para publicar el edicto de emplazamiento.
Modo de impugnación: recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación, ante el secretario que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo, doy fe.—El secretario judicial (firmado).
En Alcobendas, a 3 de septiembre de 2012.—El secretario judicial (firmado).
(03/35.066/12)

