Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 274

Fecha del Boletín 
16-11-2012

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20121116-109

Páginas: 2


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE VALDEMAQUEDA

URBANISMO

109
Modificación Puntual normas subsidiarias

Aprobada definitivamente por la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Ordenación del Territorio, mediante resolución de 2 de agosto de 2012, la Orden 2364/2012, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual No Sustancial de las normas subsidiarias de planeamiento municipal de Valdemaqueda (Madrid), del catálogo de bienes protegidos para la modificación de protecciones en la ficha número 17, correspondiente al edificio situado en la travesía Dos de Mayo, número 27, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 202, y de fecha 24 de agosto de 2012, conforme a lo preceptuado en el artículo 661.b) de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local, se procede a publicar el contenido de la citada modificación.

Documentos que se modifican:

— Ficha número 17 en Suelo Urbano del “Catálogo de Elementos Protegidos de las vigentes normas subsidiarias de Valdemaqueda”.

Ver anexo.

Lo que se hace público para general conocimiento, significándose que, de acuerdo con lo previsto en los artículos 25.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, contra la citada Modificación Puntual se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, e el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a la publicación del presente anuncio, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estime oportuno deducir.



En Valdemaqueda, a 25 de octubre de 2012.—El alcalde-presidente (firmado).

(03/35.491/12)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20V: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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