Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 112

Fecha del Boletín 
13-05-2013

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20130513-82

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

AUDIENCIA PROVINCIAL DE MADRID

Sección Primera

EDICTO

82
Rollo de apelación 474 de 2012

Acordado en el rollo de apelación civil número 474 de 2012, dimanante de los autos de juicio verbal número 1.290 de 2010, del Juzgado de primera instancia número 89 de Madrid, por esta Sala se ha dictado sentencia con número 132 de 2013, con fecha 21 de marzo de 213, cuyo fallo dice:

Fallo

Que debo desestimar y desestimo el recurso de apelación interpuesto por el abogado del Estado, en representación del Consorcio de Compensación de Seguros, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de primera instancia número 89 de Madrid, con fecha 18 de julio de 2011, que debo confirmar íntegramente con expresa imposición de las costas causadas en esta alzada al recurrente.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 208.4 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, póngase en conocimiento de las partes que contra esta resolución no cabe recurso ordinario alguno, sin perjuicio de que contra la misma puedan interponerse aquellos extraordinarios de casación o infracción procesal, si concurre alguno de los supuestos previstos en los artículos 469 y 477 del texto legal antes citado, en el plazo de veinte días y ante esta misma Sala.

Así por esta mi sentencia, de la que se unirá certificación literal al rollo de Sala, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que conste, su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID y sirva de notificación a don Grzegorz Gil, cuyo actual domicilio se desconoce, se expide y firma el presente.

En Madrid, a 26 de marzo de 2013.—El secretario judicial (firmado).

(03/12.419/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.60.1: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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