Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 297

Fecha del Boletín 
14-12-2013

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20131214-71

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 20

71
Ejecución 101 de 2009

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Almudena Ortiz Martín, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 20 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 101 de 2009 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de don Geovanny Rafael Cucalón Gonzabay, frente a “Conrado Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado la siguiente resolución:

Decreto

En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.

Parte dispositiva:

Se decreta el archivo definitivo de la presente ejecución sin más trámite, previa baja en el libro correspondiente.

Se recuerda a las partes que en la Secretaría de este Juzgado se encuentran a su disposición los siguientes mandamientos de pago: a favor de don Geovanny Rafael Cucalón Gonzabay por importe de 649,29 euros y 206,74 euros en concepto de principal e intereses, respectivamente, y a favor de la empresa ejecutada “Conrado Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, por importe de 1.610,63 euros, en concepto de sobrante.

Hágase saber a las partes que los anteriores mandamientos quedarán a su disposición en la Secretaría de este Juzgado, pudiendo ser retirados de lunes a viernes, en horario de nueve a catorce, y que transcurrido un año de la inicial puesta a disposición sin ser retiradas, dichas cantidades se ingresarán en la “Cuenta de depósitos provisionalmente abandonados”.

Notifíquese esta resolución.

Modo de impugnación: contra el presente decreto cabe recurso directo de revisión en el plazo de tres días desde su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros; dicho depósito habrá de realizarse mediante ingreso de su importe en la “Cuenta de depósitos y consignaciones” de este Juzgado en la entidad “Banesto”, número 2518/0000/64/0215/08.

Así lo acuerdo y firmo.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Conrado Construcciones y Reformas, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 12 de noviembre de 2013.—La secretaria judicial (firmado).

(03/37.932/13)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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