Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 89

Fecha del Boletín 
15-04-2014

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140415-107

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 6

107
Ejecución 62 de 2014

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña Eva San Pablo Moreno, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 6 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 62 de 2014 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Adriana Cojocea, frente a “Jetcatering, Sociedad Limitada”, sobre ejecución forzosa, se ha dictado auto, cuya parte dispositiva se acompaña para su publicación:

Parte dispositiva:

Se declara extinguida la relación laboral que unía a doña Adriana Cojocea, con “Jetcatering, Sociedad Limitada”, con fecha 14 de marzo de 2014, condenando a la demandada a que abone a la trabajadora las siguientes cantidades:

Nombre de la trabajadora: doña Adriana Cojocea.

Indemnización: 3.922 euros.

Salarios de tramitación: 8.945,84 euros, sin perjuicio de poder deducir en fase de ejecución dineraria los salarios que se hayan podido percibir como consecuencia de un nuevo empleo.

Salarios y otros conceptos adeudados a fecha del despido: 4.639,54 euros. A esta cantidad se añadirá el 10 por 100 de interés por mora.

Y todo ello con imposición de las costas a la demandada a liquidar en ejecución dineraria.

Notifíquese esta resolución a las partes.

Una vez firme, remítase testimonio de esta resolución al Servicio Público Estatal de Empleo para la regularización de las prestaciones por desempleo que, en su caso, se hayan abonado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de reposición ante este Juzgado de lo social, no obstante lo cual se llevará a efecto lo acordado. El recurso deberá interponerse por escrito en el plazo de tres días.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “Jetcatering, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 17 de marzo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/9.893/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.00: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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