Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 143

Fecha del Boletín 
18-06-2014

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20140618-132

Páginas: 1


IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

JUZGADO DE LO SOCIAL DE MADRID NÚMERO 13

132
Procedimiento 1.225 de 2011

EDICTO

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

Doña María Isabel Tirado Gutiérrez, secretaria judicial del Juzgado de lo social número 13 de Madrid.

Hago saber: Que en el procedimiento número 1.225 de 2011 de este Juzgado de lo social, seguido a instancias de doña Cristina Gimeno Bustillo, frente a don Alfonso García-Pozuelo Asins, doña Delia Sánchez Ferro, don Francisco Íñigo Unzueta Pérez de Mendiguren, don Germán Gil, don Jesús Arnés Sánchez, don Jesús Jiménez Cañas, Fondo de Garantía Salarial, “Gestión de Obras y Proyectos 21, Sociedad Limitada”, don Jesús Jiménez Cañas y “Asociados Particular, Sociedad Civil Particular”, y “NB 35, Sociedad Limitada”, sobre despidos/ceses en general, se ha dictado la siguiente resolución:

Diligencia.—En Madrid, a 24 de enero de 2014.

La extiendo yo, la secretaria judicial, para hacer constar que con fecha 30 de diciembre de 2013 tiene entrada en este Juzgado escrito de la letrada de la parte actora solicitando el embargo preventivo que se une a los autos de su razón.—Doy fe.

Auto

En Madrid, a 24 de enero de 2014.

Parte dispositiva:

Dispongo: No haber lugar al embargo preventivo solicitado.

Modo de impugnación: mediante recurso de reposición, ante este Juzgado, dentro de los tres días hábiles siguientes al de su notificación, debiendo el recurrente que no sea trabajador o beneficiario de la Seguridad Social ingresar la cantidad de 25 euros en la cuenta de este Juzgado abierta en la entidad “Banesto”, número 2511/0000/61/1225/11.

Así por este su auto lo acuerda, manda y firma el ilustrísimo magistrado-juez de lo social don Ángel Juan Alonso Boggiero.

Diligencia.—Seguidamente se cumple lo acordado y se procede a su notificación a los interesados por los medios y con los requisitos establecidos en los artículos 55 a 60 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social.—Doy fe.

Se advierte a la destinataria de que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial por el medio establecido al efecto, salvo las que revistan la forma de auto, sentencia o decretos, que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente, o se trate de emplazamiento.

Y para que sirva de notificación en legal forma a “NB 35, Sociedad Limitada”, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

En Madrid, a 20 de mayo de 2014.—La secretaria judicial (firmado).

(03/17.381/14)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 4.140.10: IV. ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA

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