Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 79

Fecha del Boletín 
04-04-2015

Sección 2.10.70: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150404-10

Páginas: 1


II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

JUNTA ELECTORAL DE ZONA DE SAN LORENZO DE EL ESCORIAL

10
Constitución Junta Electoral

EDICTO

De conformidad con el artículo 14 de la vigente Ley Orgánica 5/1985 del Régimen Electoral General, convocadas elecciones locales por Real Decreto de Presidencia de Gobierno 233/2015 y elecciones a la Asamblea de Madrid por Decreto 8/2015 del Presidente de la Comunidad de Madrid, ambos de fecha 30 de marzo, publicados en el “Boletín Oficial del Estado” de 31 de dicho mes, se ha procedido a la constitución de la Junta Electoral de Zona de San Lorenzo de El Escorial con los vocales judiciales designados al efecto por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, y tras la elección de su presidente, a la que se refiere el artículo 14.3, queda integrada por los siguientes miembros:

Presidente: ilustrísima señora doña Alazne Basañez Gutiérrez, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de San Lorenzo de El Escorial.

Vocales judiciales:

— Ilustrísima señora doña Mónica Guerrero Fraile, magistrada-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 8 de Collado Villalba.

— Ilustrísimo señor don David Suárez Leoz, magistrado-juez del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de Majadahonda.

Secretario: ilustrísimo señor don Miguel Ángel Sancho Marcén, secretario judicial del Juzgado de primera instancia e instrucción número 4 de San Lorenzo de El Escorial y de su Decanato.

Y para que conste y sirva de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, expido el presente en San Lorenzo de El Escorial, a 1 de abril de 2015.—El secretario de la Junta Electoral de Zona, Miguel Ángel Sancho Marcén.

(03/9.984/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 2.10.70: II. DISPOSICIONES Y ANUNCIOS DEL ESTADO

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