Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid - Núm 172

Fecha del Boletín 
22-07-2015

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS


Código de Verificación Electrónica (CVE): BOCM-20150722-32

Páginas: 1


III. ADMINISTRACIÓN LOCAL

AYUNTAMIENTO DE GRIÑÓN

ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

32
Avocación competencias delegadas

Mediante decreto de Alcaldía 1084/2015, de 7 de julio, se acuerda lo siguiente:

«Primero.—Avocar las competencias delegadas siguientes mediante decreto de Alcaldía 961/2015, de 23 de junio, en la Junta de Gobierno Local:

— “La aprobación de los contratos de obras, de suministro, de servicios, de gestión de servicios públicos, los contratos administrativos especiales, y los contratos privados cuando su importe no supere el 10 por 100 de los recursos ordinarios del presupuesto, ni, en cualquier caso, la cuantía de 6.000.000 millones de euros, incluidos los de carácter plurianual cuando su duración no sea superior a cuatro años, siempre que el importe acumulado de todas sus anualidades no supere ni el porcentaje indicado, referido a los recursos ordinarios del presupuesto del primer ejercicio, ni la cuantía señalada”.

— “La autorización y disposición de gastos dentro de los límites de su competencia, de importe superior a 18.000,00 euros, en cuantía individualmente considerada”.

Y su inmediata atribución a la Alcaldía-Presidencia como órgano titular de la competencia en los siguientes expedientes de contratación:

— Ejecución de 24 sepulturas de enterramiento en cementerio municipal musulmán, sito en la calle Calvario, número 6, de Griñón.

— Prestación de servicios funerarios en cementerio municipal musulmán, sito en la calle Calvario, número 6, de Griñón.

En ambos casos, por razones sociales, económicas y técnicas motivadas por la urgencia de la necesidad en la contratación, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 14 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y 116 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del Reglamento de Organización y Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

Segundo.—Publicar el presente decreto en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de que surta efectos desde el mismo momento de su firma, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 44.2 del ROF.

Tercero.—Notificar a los miembros de la Junta de Gobierno Local.

Cuarto.—Dar cuenta del presente decreto al Pleno del Ayuntamiento a efectos de que quede enterado de su contenido, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.4 en relación con el 38.d) del ROF».

Lo que se hace público en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44.2 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales.

En Griñón, a 8 de julio de 2015.—El alcalde-presidente, José María Porras Agenjo.

(03/21.136/15)

Nota: El contenido del texto de la disposición que aquí se muestra no es necesariamente exacto y completo. Únicamente la disposición publicada con firma electrónica, en formato PDF, tiene carácter auténtico y validez oficial.

Sección 3.10.20G: III. ADMINISTRACIÓN LOCAL AYUNTAMIENTOS

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